El conocimiento de la importancia del río Irati en la historia de Aoiz ha tenido múltiples facetas, que se pueden consultar en los abundantes documentos que se conservan en los diversos archivos de Navarra.

En primer lugar una actividad desarrollada en la Villa de Aoiz, en tiempos pretéritos, era la molturación de granos para obtener harina, que se desarrollaba en el Molino, edificio situado a la orilla del río Irati. La aportación de agua se encargaba de mover la maquinaria de la molienda ubicada en el edificio y obtener la preciada harina, que convertida en pan, era básico en la alimentación de la población.

En diversos archivos existe una importante documentación que hemos estudiado y en parte transcrito, relativa a la fabricación de paños durante años e incluso siglos en nuestra Villa de Aoiz, en que las aguas del citado río Irati, las utilizaban el gremio de pelaires de varias fases de su trabajo. Entre ellas eran importantes, el lavado de la lana obtenida de ganado ovino, y el batanado de los paños una vez fabricados.

También era importante la industria de fabricación de papel, en la cual era imprescindible la aportación de agua del río Irati en varias operaciones de manipulación de los desechos de tejidos y trapos, de los que se obtenía la celulosa, utilizada como materia prima. De esta industria ubicada en las afueras de la Villa de Aoiz, también encontramos numerosa información en diversos archivos, que incluyen documentos relativos al funcionamiento de la Papelera.

Durante el estudio y transcripción de documentos realizado, en el Archivo General de Navarra sobre las industrias mencionadas con anterioridad, nos ha sorprendido encontrar información relacionada también con el río Irati, en el trascurso del siglo XVIII, que hacen referencia a la bajada de almadías por sus aguas.

Estamos notoriamente informados de la bajada de almadías por el río Esca, que se recuerda anualmente, con diversos actos conmemorativos de gran relevancia en el municipio de Burgui, dado a conocer por los medios audiovisuales de Navarra y también a nivel nacional.

También tenemos noticias de bajada de almadías por el río Salazar, en su recorrido por dicho Valle, aunque las de este río no han tenido la misma profusión y relevancia de información.

Sobre las actividades sobre el transporte de madera utilizando las aguas del río Irati, desde el Pantano de Irabia hasta el complejo industrial de la Sociedad El Irati; situado en el lugar de Ecay, en el transcurso del Siglo XX, tenemos amplios conocimientos. Los que tenemos una edad avanzada, hemos conocido las espectaculares “pantanadas”.

almadias2Para nosotros al salir de la escuela y contemplar el enorme crecimiento del río Irati, que arrastraba gran cantidad de madera con destino al citado complejo industrial, era todo un espectáculo. Asomados a los pretiles del Puente Grande o en las orillas del Irati, causaba nuestro asombro y admiración ver el arriesgado trabajo de los “valencianos” en el control de la madera, dentro de las revueltas aguas del río, utilizando para esta labor unas varas largas de madera con un gancho de hierro en un extremo, las famosas “picas”.

Conocido lo expuesto sobre este tipo de transporte de madera, la sorpresa la ha constituido el encontrar en el Archivo General de Navarra, amplia documentación sobre el transporte de almadías, durante el transcurso del Siglo XVIII, por el río Irati desde el Monte del mismo nombre, hasta la ciudad de Tortosa.

Las almadías estaban compuestas de agrupaciones de troncos de pino o abeto, necesarios para la fabricación de mástiles y remos que se empleaban en la construcción y puesta en servicio de navíos por la Real Armada de España. Para el transporte de estas almadías por el río Irati, era imprescindible un caudal importante de agua, y por supuesto asegurar la navegabilidad del mismo.

Y es precisamente estas condiciones, las que muchas veces determinaban una incidencia importante en el funcionamiento de las otras actividades de la Villa, que hemos mencionado, las propias del Molino, el Batán y la Fábrica de papel o Papelera.

Existen y están a disposición de los investigadores en el Archivo General de Navarra varios procesos, que contienen numerosos documentos de los cuales hemos podido obtener una amplia información sobre el transporte de almadías por el río Irati. La información que daremos a conocer la hemos transcrito del proceso nº 193754 que se desarrolla entre los años 1795-1798. Hay otros, el nº 062300 de entre los años 1781-1782, y el nº 26496 del año 1832 sobre el mismo tema.

Este primer proceso hace referencia a un litigio entre el vecino de Aoiz, Gregorio Urdiroz contra Francisco y Miguel Antonio Cajen hermanos, residentes en la ciudad de Sangüesa, sobre la ejecución de un pago de 26.000 reales de vellón, que eran el coste de un transporte de almadías a través del río Irati.

Este proceso contiene un total de 55 documentos, de los cuales haremos una síntesis de lo que expresan, extrayendo las partes más importantes e interesantes de los mismos.

En los primeros documentos, las numerados 3 y 4, se especifica que la Real Corte del Reino de Navarra ordena a Gregorio de Urdiroz haga el pago a Francisco y Miguel Antonio Cajen hermanos y residentes en la ciudad de Sangüesa o a quien poder hubiere, la suma y cantidad de mil trecientos duros de a cinco pesetas cada uno. Esta orden esta fechada el 13 de octubre de 1.794.

El citado vecino de Aoiz, era el responsable de hacer los pagos, que en este caso comprobaremos que corresponden al transporte de almadías por el río Irati.

En los documento numerado 5, fechado en Pamplona el 6 de noviembre del mismo año 1.794, realizado ante el escribano Real y testigos señalados al final del documento, presentes personalmente los hermanos Francisco y Miguel Antonio Cajen, residentes en la citada ciudad de Sangüesa: Que ante los Tribunales de este Reino se les ofrece litigar contra Gregorio Urdiroz, vecino de Aoiz, para que se le pague a aquellos 26.000 reales de vellón, y para esta causa dan su poder a favor de Blas Antonio del Rey procurador de los Tribunales Reales de este Reino.

Como se puede comprobar hay una orden de pago en los primeros documentos, y una reclamación por no cumplir lo anterior en el siguiente. Ante esta controversia, se presenta un tercer documento numerado 6, en este caso lo presenta Miguel de Iturbide, procurador de Gregorio de Urdiroz, en el cual se especifica lo siguiente:

  1. Que ha recibido una ejecutoria del albarán, despachado por la Corte para el pago citado y que se haga efectivo.
  2. Que este pago corresponde a la corta, labra y conducción de remos que desde el bosque de Irati, se conducen al puerto de Tortosa, para servicio de vuestros Reales Arsenales. Con este motivo les entregó la Real Hacienda dicha partida de dinero, para la habilitación de las almadías que habían de conducir los remos, y por vía de depósito se entregaron 26.000 reales de vellón en presencia del contramaestre D. Manuel Méndez para el citado transporte, que quedaron en su poder con fecha 12 de octubre último, como es verdad y dirán los testigos cuanto hubieren visto, oído o enterado en su razón.
  3. Que por haber tocado Generala en la referida villa de Aoiz y demás pueblos convecinos, con espanto, confusión y trastorno de aquellos habitantes, con motivo de la invasión y entrada de los enemigos. Continua el documento, se dio cuenta por el mismo contramaestre D. Manuel Méndez, con propio de D. Simón de Navarro comandante de dicho bosque, de que esa partida de dinero se hallaba en poder de mi representado y era correspondiente a Vuestra Real Hacienda, pidiéndole permiso para recaudarlo, poniéndola a salvo. Que inmediatamente, el 18 de octubre el mencionado Simón de Navarro dirigió la correspondiente carta de oficio para que entregara el dinero al citado D. Manuel Méndez, quien lo pondría a resguardo en beneficio de la Real Hacienda.
  4. Que a consecuencia de lo expuesto, entraron en vuestra Real Hacienda los expresados 26.000 reales de vellón y están depositados en ella, como es verdad constará de escritura y dirán los testigos.
  5. Que los reclamantes desconocen noticias de donde se halla el dinero y de que se entregó a la Real Hacienda. Además han obtenido ejecutoria contra Gregorio de Urdiroz mi representado, en vez de acudir al expresado D. Simón Navarro.
  6. Que lejos de molestar a mi representado, los reclamantes Francisco y Miguel Antonio Cajen debían haber acudido a D. Manuel Méndez, quien habría gestionado el ingreso de la cantidad indicada en la Real Hacienda para evitar su desaparición por los motivos descritos con anterioridad.
  7. Atento a lo expresado en esta comunicación, a vuestra Majestad suplico mande hacer auto de mi derecho y declare por nulas las citadas escrituras de acusación y cese la ejecución de esta causa, que es conforme a derecho y Justicia que solicito de V. M.

Esta firmada por el Licenciado Sagaseta de Ilurdoz. Itúrbide Procurador.

La presentación de estos documentos, nos permite conocer dos situaciones importantes, por una parte verificar que se hacía el transporte de materiales para la Real Armada, utilizando almadías. Se trasladaban desde el Bosque del Irati con destino hacia la desembocadura del río Ebro en Tortosa, utilizando el río Irati como primera parte de recorrido, con un determinado coste económico.

Por otra parte se nos aportan datos sobre la situación de la Villa de Aoiz, en las fechas señaladas en los documentos, y que corresponde al estado de excepción en que se encontraba la misma, como consecuencia de la entrada de tropas y su comportamiento en el transcurso de la ocupación.

En el desarrollo de este proceso es muy importante las declaraciones de testigos de las dos partes enfrentadas en el mismo, que nos facilitan datos sobre lo que supone el empleo de almadías en el río que pasa por nuestra Villa y también el estado de sus gentes, debido a lo que suponía esta zona fronteriza en la llamada Guerra de Convención entre España y Francia.

Estas declaraciones se empiezan a formular a partir del mes de Enero del año 1.795 ante el instructor del juicio.

Señalan los testigos que los citados hermanos Francisco y Miguel Antonio Cajen, se habían encargado de la preparación de los mástiles y remos para la Real Armada y su transporte mediante almadías por el río Irati con destino a Tortosa. Hacen referencia al pago de los citados 26.000 reales de vellón por los expresados trabajos. También se señalan las operaciones realizadas en su paso por la Villa de Aoiz.

Hacen mención a la habilitación de un puerto en la Presa Molinar con el fin de facilitar el paso de las almadías. Especifican que se realizaron las obras previas al paso de ellas. Se hicieron con garantía y seguridad para que el aumento de caudal del río en la operación de transporte, no produjese desperfectos que pudieran arruinar la citada Presa Molinar, con lo que se aseguraba el funcionamiento en todo momento, del Molino y Batán y de cuya mitad era propietario el municipio de Aoiz.

Otro testigo del proceso hace especial referencia a la situación de la Villa de Aoiz, declarando “con motivo de la invasión última del enemigo, ocurrida el día 17 de Octubre último, los más de sus habitantes sacaron sus caudales y efectos de valor a otros pueblos, así como lo hizo este testigo, con motivo de que llegaron los 8.000 hombres del ejército del Duque de Osuna, y que permanecieron tres días en esta Villa de Aoiz”. Especifica el testigo “que durante los mismos desaparecieron numerosas propiedades de las casas, y que si encontraban puertas cerradas las descerrajaban como si fueran propias, sustrayendo los objetos que había en ellas”.

La situación de Navarra durante la Guerra de Convención es muy compleja. Por una parte sectores afrancesados más afianzados en Pamplona y en la Montaña Navarra, y por otra la Navarra meridional con una actitud Pro-española partidaria de la integración de Navarra en el mercado nacional, según especifica en el documento “Actitudes políticas en Navarra durante la Guerra de Convención” de Rodrigo Rodríguez Galarza.

En dicho documento se mencionan las declaraciones de la Marquesa de Lozoya, en las que supone una cierta connivencia entre franceses y basco navarros, cuando afirma que el refuerzo real del ejército español en 7.000 hombres (18-8-1794), infunde terror así a los franceses como a los provincianos.

Por este motivo la Villa de Aoiz, por su proximidad a la frontera, estaba sometida al continuo cambio de dominio, aunque parece que sus gentes estaban más cómodas con el dominio de los franceses y acusaran el impacto negativo de la entrada de las tropas españolas el día 17 de Octubre de 1794.

Continúa el proceso, con la presentación de otros documentos, que aportan diversas declaraciones de los procuradores de ambas partes sobre este litigio, establecido entre los demandantes los hermanos Francisco y Miguel Antonio Cajen y el dependiente Gregorio Urdiroz, aunque no aportan más información para nuestro interés sobre las almadías circulando por el río Irati.

Nos hemos basado en estos documentos aportados en este proceso, para dar a conocer de como también se utilizaba el río Irati en el Siglo XVIII, como medio de transporte mediante almadías. También hemos conocido en aquellos años, la situación política de nuestra Villa durante la Guerra de Convención.

Como hemos señalado, hay otras e importantes informaciones sobre esta actividad en el río Irati, que se pueden verificar en el Archivo General de Navarra.

Documentos consultados en el Archivo General de Navarra para realizar este trabajo:

  • Proceso nº 229720 Sobre las reparaciones necesarias en el Molino y Batanes de la Villa de Aoiz. ( Año 1707).
  • Proceso nº 128691. Del gremio de pelaires contra la Villa de Aoiz y los Marqueses de Vesolla. ( Año 1781).
  • Proceso nº139806. Sobre daños causados en los enseres de la fabrica de papel por avenidas del río Irati. ( Año 1797).
  • Proceso nº 193754. Sobre pago por transporte de almadías por el río Irati. ( Año 1796).
  • Proceso nº 62300. Sobre averías en el puerto de la presa molinar, por el paso de las almadías sobre el río Irati. ( Año 1782).
  • Proceso nº 26496. Sobre impedimento del paso de almadías, puesto por la Villa de Aoiz al Valle de Salazar. ( Año 1832).

Josetxo Paternain

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