{"id":22383,"date":"2022-03-06T08:31:00","date_gmt":"2022-03-06T07:31:00","guid":{"rendered":"http:\/\/tutoberri.info\/?p=22383"},"modified":"2024-06-01T10:04:03","modified_gmt":"2024-06-01T08:04:03","slug":"creacion-de-una-sociedad-en-la-villa-de-aoiz-para-exonerar-del-cumplimiento-del-servivio-militar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tutoberri.info\/?p=22383","title":{"rendered":"Creaci\u00f3n de una sociedad en la villa de Aoiz para exonerar del cumplimiento del servivio militar"},"content":{"rendered":"<p class=\"has-drop-cap\" style=\"text-align: justify;\">Para poder explicar la creaci\u00f3n en la villa de Aoiz de una sociedad, cuya finalidad era preservar del Servicio Militar a los j\u00f3venes de ella, tenemos que explicar de forma breve la situaci\u00f3n de Navarra dentro del contexto de Espa\u00f1a, tras las Guerras Carlistas y los m\u00faltiples conflictos anteriores y actuales en este tiempo de antagonismos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Navarra sufre la Guerra Carlista en su territorio, siendo escenario del conflicto b\u00e9lico. Adem\u00e1s debe soportar los gastos de mantenimiento de dos ej\u00e9rcitos: El carlista en la zona noroccidental, y el Ejercito del Norte en el noroeste y sur de Navarra. Aparte de todos los suministros, dinero, etc., en forma de contribuciones extraordinarias solicitada por la administraci\u00f3n isabelina, se impuso una multa a pagar en v\u00edveres, alegando como raz\u00f3n, que Navarra y las provincias vascas ser culpables de apoyar al pretendiente carlista. Pero esto se alej\u00f3 claramente de la realidad, pues la mayor parte de Navarra, incluida la capital defiende al ej\u00e9rcito Cristino. No obstante pasado un tiempo, las autoridades liberales, reconocieron el error, pero a pesar de sus buenas intenciones, en el a\u00f1o 1852, aun no se hab\u00eda devuelto el dinero de la dicha sanci\u00f3n.<\/p>\n<div id=\"attachment_22385\" style=\"width: 210px\" class=\"wp-caption alignright\"><a href=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20222.png\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-22385\" class=\"size-full wp-image-22385\" src=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20222.png\" alt=\"\" width=\"200\" height=\"261\"><\/a><p id=\"caption-attachment-22385\" class=\"wp-caption-text\">General Maroto del ejercito carlista<\/p><\/div>\n<div id=\"attachment_22384\" style=\"width: 204px\" class=\"wp-caption alignright\"><a href=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20221.png\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-22384\" class=\"size-full wp-image-22384\" src=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20221.png\" alt=\"\" width=\"194\" height=\"260\"><\/a><p id=\"caption-attachment-22384\" class=\"wp-caption-text\">General Espartero del ejercito liberal isabelino<\/p><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">El siglo XIX fue el de las transformaciones y un cambio importante en particular para Navarra. Cambio traum\u00e1tico para unos, cambio necesario para otros; cambio fruto de las armas al fin y al cabo, que impregn\u00f3 en casi todos el sentimiento de derrota.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En Navarra lo hizo en el a\u00f1o 1841 en la llamada Ley Paccionada. Esta norma legal aprobada por las Cortes Generales espa\u00f1olas, el 16 de agosto de dicho a\u00f1o, se inscribe durante la regencia de Baldomero Espartero general isabelino. Mediante dicha norma, se extendi\u00f3 a Navarra la organizaci\u00f3n pol\u00edtica y judicial vigente en el resto de Espa\u00f1a, dejando solo su sistema de autonom\u00eda econ\u00f3mica-administrativa para la provincia, ejercida por la Diputaci\u00f3n Foral de Navarra. La ley consta de 26 art\u00edculos referentes a la organizaci\u00f3n pol\u00edtica, administrativa y judicial de la provincia de Navarra, as\u00ed como referente al sistema fiscal impositivo y de bienes de la corona.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este nuevo ambiente de pesimismo, creado por la derrota, esta nueva ley en uno de sus art\u00edculos, el nombrado n\u00famero 15, establec\u00eda una importante novedad, el Servicio Militar obligatorio, las populares conocidas como <em>quintas<\/em>, otra prueba de que las cosas ya no volver\u00edan a ser iguales. Dicho art\u00edculo establece: <em>Siendo obligaci\u00f3n de todos los espa\u00f1oles defender la Patria con las armas en la mano cuando fueran llamados por la ley, Navarra como todas las provincias del Reino, est\u00e1 obligada en los casos de quintas o reemplazos ordinarios o extraordinarios del Ej\u00e9rcito, a presentar el cupo de hombres que le corresponde, quedando al arbitrio de su Diputaci\u00f3n los medios de llenar este servicio.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Hasta entonces los ej\u00e9rcitos nacidos a comienzos del siglo XVI, sol\u00edan reemplazar sus filas con <em>soldados de oficio<\/em>, en su mayor parte hidalgos alistados voluntariamente, por el tiempo m\u00ednimo de ocho a\u00f1os, con posibilidad de reenganche. La milicia era una profesi\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Aprobada la Ley Paccionada y aprobadas las quintas, se trataba de aplicarlas en una tierra que ni quer\u00eda ni pod\u00eda enviar a sus escasos varones j\u00f3venes, a servir ocho a\u00f1os en el ej\u00e9rcito. La Diputaci\u00f3n a continuaci\u00f3n inform\u00f3 al Gobierno de que el asunto de las quintas, era lo que pod\u00eda llevar al pueblo a una nueva subversi\u00f3n. En esta tesitura la m\u00e1xima autoridad provincial, \u00fanicamente contaba con la posibilidad que le daba la nueva ley, de cubrirse el cupo de la forma que estimare m\u00e1s oportuno. La soluci\u00f3n pareci\u00f3 ser el pago de sustitutos. La gente de dinero no tuvo problemas. Pero los pueblos, tras tanto tiempo de guerra, no dispon\u00edan de recursos para pagar cada a\u00f1o ni a tanto sustituto, ni las bonificaciones que se conced\u00edan a los finalmente <em>agraciados<\/em>.<\/p>\n<div id=\"attachment_22387\" style=\"width: 203px\" class=\"wp-caption alignright\"><a href=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20224.png\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-22387\" class=\"size-full wp-image-22387\" src=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20224.png\" alt=\"\" width=\"193\" height=\"260\"><\/a><p id=\"caption-attachment-22387\" class=\"wp-caption-text\">Articulos de la \u00abLey paccionada\u00bb<\/p><\/div>\n<div id=\"attachment_22386\" style=\"width: 269px\" class=\"wp-caption alignright\"><a href=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20223.png\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-22386\" class=\"size-full wp-image-22386\" src=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20223.png\" alt=\"\" width=\"259\" height=\"260\" srcset=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20223.png 259w, https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20223-150x150.png 150w, https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20223-80x80.png 80w\" sizes=\"auto, (max-width: 259px) 100vw, 259px\" \/><\/a><p id=\"caption-attachment-22386\" class=\"wp-caption-text\">Disposiciones de la \u00abLey Paccionada\u00bb<\/p><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">En la Villa de Aoiz, se toma una decisi\u00f3n, que se refleja en una extensa acta notarial del escribano Felipe Miranda, de fecha 21 de diciembre del a\u00f1o 1860, que podemos verificar en el Archivo Real y General de Navarra. En estos documentos, se incluyen las condiciones que se establecen en la creaci\u00f3n de una Sociedad, por parte de una serie de personalidades de la Villa, para exonerar a sus familiares de su asistencia a la llamada a quintas, previo pago de ciertas cantidades dinerarias.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las actas recogen en primer lugar los componentes de esta Sociedad, y a las personas con posibilidad de verse afectadas por su posible asistencia a incorporarse previo sorteo, al ej\u00e9rcito espa\u00f1ol. Los que comparecen ante el escribano son: <em>D. Javier Ortiz, padre de Agust\u00edn, Do\u00f1a Ger\u00f3nima Arrieta, viuda madre de Anastasio Egurbide, D. Bernardino Zuza, padre de Jos\u00e9, D. Joaqu\u00edn Aldaz, que lo es de D. Miguel, D. Mart\u00edn Munuce, padre de D. Claudio Ricardo, D. Quint\u00edn Manterola que lo es de D. Jos\u00e9, D. Ram\u00f3n Orbaiz por su hijo pol\u00edtico, Mart\u00edn Telechea, D. Quint\u00edn Orbaiceta por su hermano, Antonio, D. Francisco Yrigoyen, padre de Juli\u00e1n, Francisco Aranguren padre de Victoriano, y D. Enrique Blanco, cu\u00f1ado de Jos\u00e9 Navarro.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Todos vecinos de esta Villa que expresan: Que en la presente quinta, se precisan treintaicinco mil hombres para el ej\u00e9rcito, que son los que participan en sorteo, para completar el cupo. En lo que le corresponde a los mozos de esta a Villa, se incluyen a los respectivos hijos e interesados de los comparecientes. Y a fin de que la suerte que les quepa les sea menos gravosa, han tratado entre s\u00ed de crear esta Sociedad, para poder eludir esta obligaci\u00f3n mediante la elecci\u00f3n de sustitutos, que mediante pago, acudan a la prestaci\u00f3n del servicio militar de los sustituidos.<\/p>\n<div id=\"attachment_22388\" style=\"width: 310px\" class=\"wp-caption alignright\"><a href=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20225.png\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-22388\" class=\"size-medium wp-image-22388\" src=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20225-300x250.png\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"250\" srcset=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20225-300x250.png 300w, https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20225.png 509w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><p id=\"caption-attachment-22388\" class=\"wp-caption-text\">Escritura de la Sociedad creada en Aoiz para gestionar el cupo del Servicio Militar<\/p><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esta Sociedad se crea bajo una serie de cl\u00e1usulas, que las presentamos de forma siguiente:<\/p>\n<ul>\n<li style=\"text-align: justify;\">La primera de ellas, ata\u00f1e a Do\u00f1a Ger\u00f3nima Arrieta, en el que manifiesta que tiene a su hijo Anastasio empleado en Tel\u00e9grafos con residencia en las Islas Baleares. Le escribi\u00f3 para que manifestase lo que tuviere por conveniente de este sorteo, y su compromiso en relaci\u00f3n con los padres de los mozos. Y no habiendo recibido contestaci\u00f3n, por causa sin duda de lo alborotados que se hallan los mares seg\u00fan es p\u00fablico, promete que no habiendo contestaci\u00f3n por todo el d\u00eda s\u00e1bado m\u00e1s pr\u00f3ximo, queda ligada como los dem\u00e1s componentes de lo que se expresa en esta Sociedad, lo cual har\u00e1 presente antes del sorteo.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Cl\u00e1usula segunda. La misma Do\u00f1a Ger\u00f3nima Arrieta en el caso de inclusi\u00f3n en la Sociedad, con Ortiz, Zuza, Munuce, Aldaz y Manterola, realizan uni\u00f3n entre s\u00ed, para que si tocase la suerte de soldado en el pr\u00f3ximo sorteo a uno o m\u00e1s de sus respectivos hijos, hayan de contribuir entre ellos con lo necesario para eximirlos del servicio. Como se indic\u00f3 con anterioridad, ya sea por medio de sustitutos, o depositando el dinero necesario en redenci\u00f3n de los que le suerte lo determine, contando para ello con los mil reales vell\u00f3n que el Ayuntamiento tiene que abonar para cada uno, y con lo que los dem\u00e1s deban abonar, seg\u00fan se especificar\u00eda.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Cl\u00e1usula tercera. D. Quint\u00edn Orbaiceta se adhiere en todo a lo estipulado en la clausula segunda por su hermano Antonio, con los se\u00f1ores que en ella se expresan, pero tan solo por la mitad de lo que se haya de contribuir para cada soldado, y en la misma proporci\u00f3n de la mitad se le abone a \u00e9l, si su hermano cayese en suerte. Su oferta condicional ser\u00eda de quinientos reales vell\u00f3n.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Cl\u00e1usula cuarta. Ram\u00f3n Orbaiz ofrece contribuir por su hijo pol\u00edtico Mart\u00edn Telechea con trescientos veinte reales vell\u00f3n para cada uno de los que les quepa en suerte de soldados entre los de esta Sociedad, abon\u00e1ndosele a \u00e9l la misma cantidad en la misma proporci\u00f3n, si le tocase. Se especifica como as\u00ed Orbaiz como Orbaiceta no igualan con los dem\u00e1s en las ofertas, Acuerdan entre ambos que en caso de que caiga soldado cualquiera de los dos mozos a los que representan, se entregase uno a los otros trescientos reales vell\u00f3n.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Cl\u00e1usula quinta. Francisco Yrigoyen, por su hijo Juli\u00e1n responde con ochenta reales vell\u00f3n por cada soldado de los les toquen en suerte entre los de la Sociedad, y en igual proporci\u00f3n se le abonar\u00e1 a su hijo en caso de salir soldado.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Cl\u00e1usula sexta. Francisco Aranguren ofrece por su hijo Vitoriano, sesenta reales vell\u00f3n para cada soldado, y Enrique Blanco por su cu\u00f1ado cuarenta por cada soldado. En caso de abono, con las mismas cantidades si a uno de ellos le tocase ir a la milicia.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Cl\u00e1usula s\u00e9ptima. Previenen para claridad de este convenio, que los comprometidos a mayor cantidad para con los de inferior se arriesgan a responder a esos \u00faltimos por sus respectivas cantidades, y estos mismos a aquellos con las que dejen consignados.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Cl\u00e1usula octava. Que en caso de declararse in\u00fatil para el servicio cualquiera de los interesados de los otorgantes, deban estos no obstante contribuir a la Sociedad con las cantidades detalladas.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Cl\u00e1usula novena. Que entre los que ofrecen la totalidad se fijan siete mil reales vell\u00f3n, que es el m\u00e1ximo con los mil del Ayuntamiento de cada soldado, si ha de entregarse en tesorer\u00eda, o lo que se convenga, siendo por sustituci\u00f3n.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Cl\u00e1usula d\u00e9cima. Que los gastos que ocurran se abonen en la proporci\u00f3n a que cada uno queda sometido.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Cl\u00e1usula und\u00e9cima. Que todos deban entregar las cantidades que respectivamente van ofrecidas, el d\u00eda que se deba hace la entrega de soldados.<\/li>\n<\/ul>\n<div id=\"attachment_22389\" style=\"width: 310px\" class=\"wp-caption alignright\"><a href=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20226.png\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-22389\" class=\"size-medium wp-image-22389\" src=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20226-300x250.png\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"250\" srcset=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20226-300x250.png 300w, https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20226.png 509w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><p id=\"caption-attachment-22389\" class=\"wp-caption-text\">Firmas de las personalidades de la Villa de Aoiz para la creaci\u00f3n de la exoneraci\u00f3n del Cupo Militar<\/p><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Una vez hecha la exposici\u00f3n de las cl\u00e1usulas de esta Sociedad, el acta notarial especifica: <em>Que los componentes se obligan con todos sus bienes, ra\u00edces y muebles, derechos y acciones presentes y futuras al puntual cumplimiento de lo que respectivamente han ofrecido, sin excusa ni pretexto alguno, bajo la pena de costas y da\u00f1os.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como \u00faltima parte de este documento, se presentan como fiadores y llanos pagadores y cumplidores a D. Javier Ortiz, D. Rafael Bronte, Do\u00f1a Ger\u00f3nima Arrieta, D. Rosendo Yrigoyen, D. Bernardino Zuza, D. Nicol\u00e1s Goiburu, D. Joaqu\u00edn Aldaz, D. Francisco Mezquiriz, D. Mart\u00edn Munuce, Jos\u00e9 Zazpe, D. Quint\u00edn Manterola, D. Silverio Orbaiz, D. Quint\u00edn Orbaiceta al mismo Orbaiz, D. Ram\u00f3n Orbaiz, Jos\u00e9 Goiburu, Francisco Yrigoyen, Francisco Ib\u00e1\u00f1ez, Francisco Aranguren, Mauricio Yrola, y Enrique Blanco evitando fiador, entrega seis duros a D. Joaqu\u00edn Aldaz, nombrado depositario. Joaqu\u00edn Aldaz.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Finaliza dicho documento, se\u00f1alando que los dichos fiadores enterados del riesgo a que se exponen, dijeron que se constituyen y obligan con sus bienes de toda especie habidos y por haber, a lo mismo que respectivamente quedan obligados sus principales. As\u00ed lo otorgan siendo testigos D. Tomas Egurbide y Gregorio Miranda. Al final del acta notarial se inscriben las firmas de varios de los personajes, de los fiadores de la Sociedad, y del escribano Antonio Felipe Miranda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Establecida esta Sociedad para emancipar del servicio militar, no transcurrir\u00e1 mucho tiempo antes de que se haga efectivo su funcionamiento. En efecto ser\u00e1 en el a\u00f1o 1862, cuando el escribano de Aoiz Manuel Cruz D\u00edaz, realice el acta notarial n\u00ba 40 inscrita en los documentos de las p\u00e1ginas 93 y 94, en donde se expone: <em>En la villa de Aoiz a treinta y uno de marzo del mil ochocientos sesenta y dos, ante m\u00ed el infrascrito escribano p\u00fablico y de los testigos que al final ser\u00e1n nombrados, son presentes D. Quint\u00edn Manterola, vecino de esta villa de una parte, y de la otra Mat\u00edas Orbaiceta hijo de Luis, vecino de Nagore donde es su residencia, y que por este se dice: que por escritura otorgada en este mismo d\u00eda por el escribano infrascrito, dicho Luis Orbaiceta le ha concedido el permiso necesario en derecho, para que pueda servir la plaza de soldado en sustituci\u00f3n de D. Miguel Manterola hijo de D. Quint\u00edn, que le ha cabido la suerte de soldado en el \u00faltimo sorteo celebrado en esta villa.<\/em><\/p>\n<div id=\"attachment_22390\" style=\"width: 310px\" class=\"wp-caption alignright\"><a href=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20227.png\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-22390\" class=\"size-medium wp-image-22390\" src=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20227-300x225.png\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"225\" srcset=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20227-300x225.png 300w, https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/josetxopaternainmili20227.png 567w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><p id=\"caption-attachment-22390\" class=\"wp-caption-text\">Articulado de la Sociedad creada en la villa de Aoiz para evitar la \u00abMili\u00bb, mediante pago monetario<\/p><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">A continuaci\u00f3n el acta notarial completa las caracter\u00edsticas de esta sustituci\u00f3n. El referido D. Quint\u00edn a concertado cubrir la plaza de su hijo D. Miguel bajo la remuneraci\u00f3n de diecinueve onzas de de oro que equivalen a seis mil ochenta reales vell\u00f3n, que debe entregar a Mat\u00edas Orbaiceta, inicialmente seiscientos cuarenta reales vell\u00f3n al presente, cuando sea admitido en caja y los restantes al a\u00f1o y d\u00eda de su admisi\u00f3n, previa presentaci\u00f3n del correspondiente certificado que lo acredite, salvado el a\u00f1o y medio de su responsabilidad. Y con estas condiciones el compareciente Mat\u00edas Orbaiceta, se obliga en toda forma y derecho a prestar el servicio de soldado por todo el tiempo que deb\u00eda hacerlo, seg\u00fan la ley, el dicho D. Miguel Manterola.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Otra condici\u00f3n que se refleja en el acta notarial especifica, de que el citado sustituto haya de pagar da\u00f1os y perjuicios que pueden ocasionarse por deserci\u00f3n o por otra causa que obligue al sustituido, tener que presentarse en el ej\u00e9rcito. En consecuencia D. Quint\u00edn Manterola aceptando el compromiso de Mart\u00edn de Orbaiceta, se oblig\u00f3 en forma de derecho a pagar a este o a quien lo represente los seis mil ochenta reales vell\u00f3n, en la forma que se ha mencionada con anterioridad. Se excluye en el pago de todo valor que no sea en met\u00e1lico, sin m\u00e1s espera ni dilaci\u00f3n con pena de coste y da\u00f1os.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Contin\u00faa el acta notarial: Y se obliga a su ejecuci\u00f3n ante los jueces y justicias de su Majestad. Son testigos del cumplimiento de lo referido en el acta notarial, D. Francisco Bezunartea y Juli\u00e1n Eseverri de esta vecindad. Al final del documento aparecen las firmas de Quint\u00edn Manterola, Francisco Bezunartea y Juli\u00e1n Eseverri. A ruego de Mat\u00edas Orbaiceta, que no sabe escribir, lo hace el escribano Manuel Cruz D\u00edaz.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Al final del documento, aparece la copia que Quint\u00edn Manterola ha entregado en la fecha de referencia del catorce de junio de mil ochocientos sesenta y tres, de haber entregado a Luis Orbaiceta apoderado de su hijo, los cinco mil cuatrocientos cuarenta reales vell\u00f3n de la obligaci\u00f3n pendiente. Se realiza ante el escribano Fernando Bezunartea.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De esta manera, conocemos c\u00f3mo se resolv\u00eda la sustituci\u00f3n del servicio militar, mediante el pago de cantidades dinerarias, por parte de los familiares de la persona que deb\u00eda por sorteo realizar el servicio militar obligatorio.<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\"><em>Josetxo Paternain Nagore, de la Asociaci\u00f3n cultural Historia de Aoiz, HIDEA<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Para poder explicar la creaci\u00f3n en la villa de Aoiz de una sociedad, cuya finalidad era preservar del Servicio Militar a los j\u00f3venes de ella,&#46;&#46;&#46;<\/p>\n","protected":false},"author":26,"featured_media":22389,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[27],"tags":[],"class_list":["post-22383","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-historia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tutoberri.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/22383","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/tutoberri.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tutoberri.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tutoberri.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/26"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tutoberri.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=22383"}],"version-history":[{"count":16,"href":"https:\/\/tutoberri.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/22383\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":28506,"href":"https:\/\/tutoberri.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/22383\/revisions\/28506"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tutoberri.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/22389"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tutoberri.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=22383"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tutoberri.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=22383"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tutoberri.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=22383"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}