{"id":1443,"date":"2012-12-28T09:23:35","date_gmt":"2012-12-28T08:23:35","guid":{"rendered":"http:\/\/angiluerreka.org\/paloteau\/?p=1443"},"modified":"2024-06-01T11:35:45","modified_gmt":"2024-06-01T09:35:45","slug":"el-gremio-de-los-pelaires-aoiz-en-el-siglo-xvi-1%c2%aa-parte","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tutoberri.info\/?p=1443","title":{"rendered":"Aoiz en el siglo XVI. El gremio de los pelaires (1\u00aa parte)"},"content":{"rendered":"<p class=\"has-drop-cap\" style=\"text-align: justify;\">Aoiz se hab\u00eda independizado del valle de L\u00f3nguida, al que pertenec\u00eda, en la segunda mitad del siglo XV. Se trata de una de las t\u00edpicas villas-mercado que jalonaban el espacio comprendido entre el Pirineo y el valle del Ebro, punto de encuentro semanal de su mercado y anual de su feria. Se gobernaba por un Regimiento, al frente del cual estaban el alcalde y cinco regidores, elegidos por insaculaci\u00f3n ya en el siglo XVI.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Socialmente muy diversa, entre sus cerca de 200 vecinos figuraban \u201cgrandes nobles\u201d, con frecuencia due\u00f1os de peque\u00f1os se\u00f1orios dispersos por la comarca, pero asentados en Aoiz, desde donde administraban su patrimonio; funcionarios reales a menudo de origen for\u00e1neo; distintos cl\u00e9rigos, en torno a la Iglesia parroquial de San Miguel; y sobre todo el grupo m\u00e1s caracter\u00edstico: el peque\u00f1o artesanado, fundamentalmente textil, que hacia compatible esta tarea con el trabajo de la tierra, propia o arrendada, ocupando as\u00ed los meses de menos actividad agr\u00edcola.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La r\u00edgida organizaci\u00f3n gremial y el estancamiento demogr\u00e1fico de la comarca no permite la prosperidad o la expansi\u00f3n, pero si la transici\u00f3n del taller o instrumental al hijo o al yerno, constituyendo modestas dinast\u00edas dedicadas a un oficio, casi siempre relacionado con las actividades econ\u00f3micas primarias (herrero, alb\u00e9itar o veterinario, cordelero, cubero, bastero\u2026), con la construcci\u00f3n o la alimentaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De todas formas la gran mayor\u00eda de los artesanos de oficio conocido, son pelaires, es decir tejedores de pa\u00f1os burdos, hasta el punto de que \u00e9ste era el mote con que se conoc\u00eda a los habitantes de Aoiz en sus contornos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Siempre nos ha sorprendido esta denominaci\u00f3n de pelaires, que seg\u00fan el Diccionario de la Real Academia y el Tesoro de Covarrubias, son los cardadores de lana. El vocabulario Navarro de Jos\u00e9 Mar\u00eda Iribarren indica que en Navarra, tiene un significado m\u00e1s amplio, y se aplica a los tejedores de pa\u00f1os y bayetas de lana.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"https:\/\/tutoberri.info\/?attachment_id=1448\" rel=\"attachment wp-att-1448\"><img decoding=\"async\" class=\"alignleft  wp-image-1448\" alt=\"calleNueva\" src=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2012\/12\/calleNueva-300x183.jpg\" width=\"500\" srcset=\"https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2012\/12\/calleNueva-300x183.jpg 300w, https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2012\/12\/calleNueva-495x303.jpg 495w, https:\/\/tutoberri.info\/wp-content\/uploads\/2012\/12\/calleNueva.jpg 800w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Aunque sab\u00edamos de la existencia de este gremio de artesanos en nuestra Villa, no ten\u00edamos suficiente informaci\u00f3n para conocer en profundidad la historia de su personalidad, de su organizaci\u00f3n, de su trabajo y de los productos que sal\u00edan de sus talleres. La necesidad de informaci\u00f3n, nos ha llevado a intentar localizar documentaci\u00f3n, que nos pueda aportar conocimientos sobre el particular oficio de pelaire en la Villa de Aoiz.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Un aporte inicial a estos conocimientos lo hemos obtenido a trav\u00e9s de varios procesos muy interesantes sobre litigios entre los pelaires que resid\u00edan en Aoiz y otros lugares de los valles pr\u00f3ximos, en contra de los del mismo gremio que ejerc\u00edan su oficio en Pamplona. El Archivo General de Navarra, guarda toda la documentaci\u00f3n sobre los procesos, que hemos estudiado para realizar este modesto trabajo de investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El primer proceso estudiado el n\u00ba 012863, se desarrolla en el a\u00f1o 1598 y expresa en su portada, \u201cProceso de los tejedores y pelaires de la Villa de Aoiz\u201d, contra \u201cEl oficio de tejedores de pa\u00f1os de esta ciudad sobre el cumplimiento de las ordenanzas y mandatos dejados en la visita\u201d. Contiene un conjunto de 71 folios, un pergamino y una publicaci\u00f3n en donde se recogen las Ordenanzas Generales del Reino de Navarra, sobre el obrar de pa\u00f1os y buruller\u00eda (1).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como resumen general en este singular proceso, el gremio de tejedores y pelaires de Aoiz, no aceptan unas normas que les quieren imponer el oficio de tejedores de Pamplona. Es un conflicto bastante largo y complejo, que empieza el 4 de abril del a\u00f1o 1598 y termina el 12 de diciembre del mismo a\u00f1o.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para hacer m\u00e1s sencillo su seguimiento, hemos cre\u00eddo conveniente el dividirlo en dos partes: en una primera nos detendremos a indagar, a trav\u00e9s de unos documentos iniciales la situaci\u00f3n de los pelaires, con relaci\u00f3n a las Ordenanzas Generales que se aportan a este Proceso. Un segundo trabajo estudiar\u00e1, todo un entramado de documentos de acusaci\u00f3n una parte, y defensa de otra en un conflicto de sus intereses, aportando razones cada una de ellas ante la Justicia para obtener una sentencia favorable.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>PRIMERA PARTE<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En un primer documento previo al proceso, el licenciado Pasquier, redactor de las Ordenanzas Generales del Reino de Navarra sobre el obrar de pa\u00f1os y buruller\u00eda, se dirige al muy Ilustre se\u00f1or D. Gabriel de la Cueva, clavero (2) de Alc\u00e1ntara, Visorrey (3) y Capit\u00e1n General del Reino de Navarra y sus fronteras.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El licenciado del Consejo de su Majestad dentro de dicho Reino expone, \u201cque en las Cortes Generales, que vuestra Se\u00f1or\u00eda celebro en la Villa de Sang\u00fcesa el a\u00f1o 1591, entre otras cosa principales de este Reino (a petici\u00f3n de los Tres Estados), provey\u00f3 que se deshiciesen las cofrad\u00edas de todos los oficios mec\u00e1nicos y de los que no lo eran\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las cofrad\u00edas eran importantes asociaciones de personas de la misma profesi\u00f3n u oficio, sastres, zapateros o pelaires, bajo la devoci\u00f3n de su santo patr\u00f3n, muy abundantes en los siglos medievales desde el XII al XV, que en la Edad Moderna se transforman en gremios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El documento continua se\u00f1alando \u201cque la experiencia hab\u00eda demostrado que semejantes congregaciones eran muy perjudiciales a la \u201crep\u00fablica\u201d (4), por que no se trataban en ellos la orden que hab\u00edan de tener los oficiales en aprovecharse en sus oficios encareci\u00e9ndolos en da\u00f1o perjudicial a todo el Reino\u201d. Argumenta posteriormente, que el uso y ejercicio de dichos oficios era necesario que no cesaran y que se realizasen con m\u00e1s perfecci\u00f3n y arte.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Posteriormente emplaza a las ciudades, villas y lugares de este Reino, en un plazo de 60 d\u00edas, para que lo que m\u00e1s conviene para el ejercicio de los oficios y env\u00eden al Real Consejo sus pareceres, en especial sobre los oficios de pelailer\u00eda, boneter\u00eda (5), sombrerer\u00eda y otros oficios, que tan necesarios son para todos los de este Reino.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como parte final de este documento expone, \u201cque para tratar de ejercitar los dichos oficios con m\u00e1s perfecci\u00f3n y conseguir que cesen los fraudes y enga\u00f1os, ha hecho imprimir, como se ha hecho en otros Se\u00f1or\u00edos y Reinos de su Majestad, unas Ordenanzas, para que los oficiales sepan el orden que han de tener en ejecutar sus oficios, y los jueces, sobreveedores y veedores (6), puedan ejecutar las penas contra los que no guarden las dichas Ordenanzas\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Acaba el licenciado Pasquier, suplicando a Nuestra Se\u00f1or\u00eda acepte este peque\u00f1o servicio en beneficio de la \u201crep\u00fablica\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para completar la aceptaci\u00f3n de las anunciadas Ordenanzas, se presentan ante la m\u00e1s alta magistratura de la Corona, dem\u00e1s autoridades del Reino, con un nuevo documento que declara:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201ca Don Phelippe por la gracia de Dios Rey de Castilla, de Navarra, de Arag\u00f3n\u2026. ( aqu\u00ed se nombran todos los t\u00edtulos de la Corona), continua con \u201cal Ilustre D. Gabriel de la Cueva, clavero de Alc\u00e1ntara nuestro Visorrey y Capit\u00e1n General de este Reino de Navarra y sus fronteras:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">y al Regente y los de nuestro Consejo, Alcaldes de la Corte Mayor, y a los alcaldes ordinarios de todo este nuestro Reino de Navarra: y a los veedores y sobreveedores, y a todos los otros oficiales de la pelailer\u00eda, texender\u00eda, tendedur\u00eda, boneter\u00eda, sombrerer\u00eda y buruller\u00eda, y a todos los otros oficiales anexos y dependientes de ellos, que al presente son y en adelante ser\u00e1n, en todo este nuestro Reino de Navarra\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A continuaci\u00f3n en el documento se manifiesta el cumplimiento del mandato de los Tres Estados del Reino en las \u00faltimas Cortes celebradas en la Villa de Sang\u00fcesa, con un final del citado documento y como conclusi\u00f3n expresa, \u201cHabemos mandado y damos las siguientes Ordenanzas, las cuales una en pos de la otra, son del tenor siguiente\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Despu\u00e9s de estos documentos iniciales, se recogen en un peque\u00f1o manual el compendio original de las \u201cOrdenanzas de los Pelaires\u201d. Son un total de 92 ordenanzas, muy completas en su redacci\u00f3n y detalles que recogen toda una reglamentaci\u00f3n sobre este oficio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se dividen en apartados, que una vez estudiados, nos ratifican la importancia que ten\u00edan para las autoridades del Reino, la producci\u00f3n controlada del trabajo del gremio de los pelaires. En apartados como \u201cDe la lana\u201d, con un total de 8 ordenanzas, una de ellas, la primera recoge en su desarrollo, la minuciosidad de esta reglamentaci\u00f3n. Expresa: \u201cordenamos, que todas las personas que de aqu\u00ed en adelante quieran hacer Pa\u00f1os, Cordellates (7), Estame\u00f1as (8), Frisas (9), o otros cualesquiera pa\u00f1os de vestido de este Reino sean obligados a apartar o hacer apartar las lanas por persona o personas maestros que de lo sepan y hagan fuertes para los dichos pa\u00f1os, seg\u00fan la ley que para cada pa\u00f1o pertenece, so pena de diez libras: la tercera parte para nuestra C\u00e1mara y Fisco, y la otra tercera para los veedores que lo ejecutan y la otra tercera parte para el acusador\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Podemos afirmar que a partir de su aplicaci\u00f3n, someten al oficio de pelaire a un control total de su actividad, para que las prendas que fabriquen tengan una calidad contrastada similar en cualquier lugar de su fabricaci\u00f3n, tal y como expresan, haciendo referencia sin distinci\u00f3n de su procedencia, de Villas, Pueblos o Lugares del Reino.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En referencia a los controles a que se les debe someter a los oficiales que fabrican estas manufacturas por las personas que las ordenanzas denominan veedores y sobreveedores, es tambi\u00e9n muy importante. Se establecen unos ex\u00e1menes a los que se deber\u00e1n someter para ejercer de pelaires.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ser\u00e1n precisamente la aplicaci\u00f3n rigurosa de estas Ordenanzas, las que producen un conflicto de intereses entre los pelaires de Aoiz y los de Pamplona. Se opondr\u00e1n a ser examinados por los veedores y sobreveedores de Pamplona, al considerarse suficiente preparados para fabricar pa\u00f1os en Aoiz sin necesidad de la supervisi\u00f3n de los que los fabrican en la capital de Navarra.<\/p>\n<p>En una segunda parte conoceremos el proceso, que se entabla para solventar la aplicaci\u00f3n de las Ordenanzas de los pelaires de Aoiz, Nagore, Oroz y otros lugares de la comarca, en conflicto con Pamplona.<\/p>\n<blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VOCABULARIO<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">(1) <em>Burulleria<\/em>. Artesan\u00eda de tejer pa\u00f1os, telas bastas y sacos.<br \/>\n(2) <em>Clavero<\/em>. Guardador de llaves. Tesorero. Es el Alcalde o Merino.<br \/>\n(3) <em> Visorrey. <\/em>M\u00e1ximo representante del Rey en Navarra.<br \/>\n(4) <em> Boneter\u00eda. <\/em>Artesan\u00eda de bonetes, cierta clase de telas.<br \/>\n(5) <em>Res-p\u00fablica<\/em>. Expresi\u00f3n del lat\u00edn, \u201ccosa p\u00fablica\u201d.<br \/>\n(6) <em>Veedores y Sobreveedores.<\/em> Personas encargadas del cumplimiento de las Ordenanzas de los pelaires.<br \/>\n(7) <em> Cordellates<\/em>. Artesan\u00eda de tejidos bastos de lana, cuya trama forma cordoncillo.<br \/>\n(8) <em> Estame\u00f1as<\/em>. Tela de estambre asargada de color negro, utilizada en vestidos religiosos.<br \/>\n(9) <em> Frisas<\/em>. Tela basta de lana, usada en el vestido de aldeanos.<\/p>\n<\/blockquote>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Aoiz se hab\u00eda independizado del valle de L\u00f3nguida, al que pertenec\u00eda, en la segunda mitad del siglo XV. 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