Fundación y constitución en la villa de Aoiz de una agrupación filial del partido nacional de Izquierda Republicana

Después del descalabro que los partidos republicanos de izquierda habían cosechado en las elecciones del año 1933, a las que habían concurrido en solitario el 3 de abril, se constituyó Izquierda Republicana, como resultado de la fusión de los partidos de Manuel Azaña, la antigua Acción Republicana (A.R.), el sector izquierdista escindido de los radical-socialistas, el partido Republicano Radical Socialista independiente dirigido por Marcelino Domingo y Álvaro de Albornoz o la Organización Republicana Gallega Autónoma (O.R.G.A) de Santiago Casares Quiroga. También de unieron al nuevo partido, otros más pequeños como los partidos republicanos autónomos de Álava y Navarra, así como parte de la Federación de Centros Republicanos de Guipúzcoa.

Cartel alegórico de propaganda sobre la creación de Izquierda Republicana

Entre los fundadores de Izquierda Republicana a nivel nacional, se encuentran personajes de primera importancia en la vida política y cultural de la época, como José Giral, Álvaro de Albornoz, Victoria Kent, Luis Bello, José Lino Vaamonde o Amos Salvador entre otros. Manuel Azaña se convirtió en el presidente del primer Congreso Nacional del partido. Su órgano de expresión fue el periódico, Política. Integrada en el Frente Popular, Izquierda Republicana obtuvo 87 diputados en las elecciones del 16 de febrero de 1936. (Siendo el tercer grupo parlamentario de las Cortes en Madrid, después del PSOE y la CEDA. La presidencia del consejo de ministros lo ocupó el propio, Manuel Azaña.

El partido Izquierda Republicano en Navarra nació en Pamplona el 29 de marzo de 1934, tras una reunión conjunta de los partidos Republicano Autónomo, Radical Socialista Independiente y Acción Republicana, si bien este último gozaba de la mayoría de la nueva directiva. En los meses siguientes, otras agrupaciones navarras de los tres partidos siguieron su ejemplo e ingresaron en Izquierda Republicana, en un rápido proceso de crecimiento de organizaciones, no tanto de afiliados, que se aceleró a raíz del triunfo del Frente Popular en las elecciones de febrero de 1936. Izquierda Republicana llegó a contar en Navarra con grupos de Juventud y de Sección Femenina. Entre los miembros más destacados de este partido en Navarra, se puede citar a Mariano Anso y Ramón Bengaray, su candidato en el Frente Popular navarro.

Documento de solicitud de la constitución de Aoiz de Izquierda Republicana

La petición de la creación de una Agrupación filial del Partido Nacional de Izquierda Republicana en la villa de Aoiz se solicita el 12 de junio de 1934. Efectivamente es en un documento dirigido al Gobernador Civil de la Provincia de Navarra. De este modo un grupo de personas de esta villa, todos mayores de edad y vecinos de ella, en pleno goce de sus derechos civiles y políticos se dirigen a V. E. y tienen el honor de exponer: Que desean constituir en esta villa una Agrupación filial del “Partido Nacional de Izquierda Republicana”, y, por ello piden que sea aprobados por V. E.,le presentan su Reglamento y copia del mismo, y en su virtud a V.E. solicitan que una vez suficientemente reintegrados se sirva aprobarlo y con nota de comprobación, nos devuelva un ejemplar con arreglo a la vigente Ley de Asociaciones. Termina el documento con: Viva V. E. para bien de la República. Está firmado por el Comité Organizador de la villa, de los que forman parte los señores Dionisio Jiménez y Florentino Albéniz.

En este primer documento se solicita su inscripción en el registro de partidos políticos que debía autorizar el Gobierno de Navarra, como consecuencia de la vigente Ley de Asociaciones, su inscripción en el registro de partidos políticos, para que pudieran funcionar dentro de la legalidad que determinaba dicha Ley. En el mismo se manifiesta que se desea constituir en Aoiz, una agrupación filial al Partido Nacional de Izquierda Republicana. Como al resto de partidos se le exigía a esta agrupación su inscripción legal, para poder desarrollar su actividad política dentro del municipio.

En la constitución de la República Española, en su Título primero: Organización nacional. Y en su Artículo 15, en el punto 10: Es donde se trata de los Regímenes de Prensa, Asociaciones, Reuniones y Espectáculos, y se establece la obligación del registro de todo tipo de relación con el poder establecido por dicho Régimen político.

Documento de presentación del Reglamento de la asociación Izquierda Republicana

Se completa de legislación sobre asociaciones políticas, con Titulo tercero, en su Capitulo primero y en el que el Artículo 39 establece: los españoles podrán asociarse o sindicarse libremente, para los distintos fines de la vida humana conforme a las leyes del Estado. Los Sindicatos y Asociaciones, están obligados a inscribirse en el Registro público correspondiente, con arreglo a la ley.

En el siguiente documento que aportamos, se establece la presentación de un original de un proyecto de reglamento de la Agrupación municipal del partido de Izquierda Republicana. Posteriormente se inserta el Reglamento de dicha asociación.

Proyecto de Reglamento de la agrupación municipal del partido de Izquierda Republicana de Aoiz

Este documento es un amplio compendio de las cuestiones que debe contener esta declaración de principios de organización y control del partido. Esencialmente consta de cinco Títulos que atienden los siguientes espacios políticos de Izquierda Republicana: El Titulo (I), atiende a su constitución y a los fines. El Titulo (II), detalla los medios económicos con que cuenta la entidad para su funcionamiento. El Titulo (III), hace referencia a los afilados y su representación e importancia en las estructuras del partido. El Titulo (IV), trata de temas de la organización del partido. Es el más extenso y se desglosa en una serie de capítulos que contemplan la función de las Asambleas, y de la Junta municipal. El Titulo (V) y último contempla las disposiciones generales, que incluye las condiciones genéricas sobre la disolución de la agrupación. Para terminar, este documento, recoge una disposición final en donde se determina que la aprobación de los 26 artículos que componen este Reglamento han sido aprobados en el domicilio social de la Agrupación municipal de Izquierda Republicana de Aoiz en calle Mediodía número 22 bis. Este documento tiene fecha del 12 de junio de 1934. Lo firma el Comité organizador y en su nombre sus miembros, Dionisio Jiménez y Florentino Albéniz.

Otra faceta del conocimiento de esta Agrupación supone conocer quien constituirá la dirección y control de la misma. En un documento que adjuntamos se detallan los nombres de las personas y sus cargos, como componentes de la dirección de Izquierda Republicana. Los que deciden acatar sin ninguna reserva el ideario político del Partido. Y para que conste, se expide la presente certificación en Aoiz a 4 de julio de 1934. Lo firman el secretario del Partido Juan Carlos y se propuesto presidente Florentino Albéniz.

Documento de presentación de los cargos de la Junta y Consejo de Izquierda Republicana de Aoiz

Izquierda Republicana (I. R.), histórico partido político republicano de izquierdas fue fundado como hemos señalado por Manuel Azaña en el año 1934. Tuvo un destacado papel durante la II República Española. Manuel Azaña se convirtió en Presidente de la República entre los años 1936 y 1939. Posteriormente durante la dictadura Franquista, el partido estuvo prácticamente desaparecido de la escena política, salvo el exilio republicano en Méjico, donde sigue teniendo alguna actividad. Es a partir del año 1977, se volvió a reconstruir en España, aunque sin tener la importancia del inicial partido histórico.

No obstante, quedarán patentes algunas consecuencias para los antiguos militantes del partido Izquierda Republicana, en donde se dieron sentencias condenatorias por su pertenencia al partido. Presentamos como ejemplo una de ellas que esta inscrita en un documento realizado en la ciudad de Pamplona, el día 19 de agosto del año de 1940. Este documento recoge que visto por el Tribunal Regional de responsabilidades políticas el expediente nº 885, seguido contra Martín Iribarren Soto, mayor de edad, casado, labrador y vecino de Aoiz, siendo ponente el Magistrado D. Leocadio Tamara García. Resultando que el inculpado Martín Iribarren se hallaba afiliado al partido e Izquierda Republicana, siendo dentro de dicha organización local persona destacada y propagandista de la misma. Iniciado el Glorioso Alzamiento Nacional, no se le vio actuación contraria al mismo, figurando en la actualidad como fallecido. Continua el desarrollo de esta sentencia, indicando el fallo como la condena a pagar al Estado como responsable político a que abone al estado en concepto de indemnización de perjuicios, la cantidad de cien pesetas.

Es un documento en donde se inscribe la sentencia condenatoria de Martín Iribarren Soto por su militancia en el partido de Izquierda Republicana de la villa de Aoiz. Sentencia Nº 589

Indagando este tipo de sentencias, hemos hallado otras dictadas por motivos similares a otras personas militantes de partidos de izquierda. Entre otros aparece la condena a una multa de cien pesetas a Mariano Inda, afiliado al Partido Socialista, en su intento de atravesar la frontera de Francia.

Josetxo Paternain Nagore de la Asociación cultural HIDEA de la villa de Aoiz