El retablo en la iglesia parroquial de San Pedro del lugar de Meoz

Antes de describir lo que supuso un cambio del retablo de la Iglesia Parroquial del lugar de Meoz (Lónguida), vamos a incluir en este trabajo las características del dicho lugar, que nos sirva de conocimiento de este sitio singular, próximo a la villa de Aoiz.

Meoz: lugar del ayuntamiento del valle de Lónguida en el partido judicial de Aoiz y enclavado en Navarra, en la Diócesis de Pamplona. Éste situado en un altozano, con vistas al este, sur y oeste, con clima riguroso. A él se accede a través de NA-150 y NA-2414 que nos sitúa en los lugares de Villanueva y Meoz.

Este pueblo estuvo integrado en el patrimonio perteneciente al monasterio de Leire, desde el último tercio del siglo XII. Así queda reflejado en documentos de los papas Alejandro II y del posterior Alejandro III, en los que confirmaban todas las posesiones y decretos entre los que hacían referencia al lugar de Meoz. Con posterioridad el papa Inocencio III en el año 1198, relaciona al monasterio de San Salvador de Zalurribar con la villa de Meoz, como perteneciente al lugar señalado.

Para exponer la operación de realizar el cambio del retablo de la Iglesia de Meoz, disponemos de dos importantes documentos, uno de ellos presenta una escritura de convenios otorgada entre Martín de Huarte, vicario del lugar de Meoz, y Manuel Pérez, maestro escultor, en orden a construir el retablo. El otro documento, establece la ordenanza de la ejecución de la obra presentada por el escribano Pedro Andrés de Egurbide. Daremos un amplio resumen de ambos documentos.

El primero de ellos expresa: Nos, el Sr. D. Gabriel Rafael Blázquez Prieto, presbítero abogado de los Reales Consejos, procurador y vicario General de este Obispado por el Ilustrísimo Señor D. Lorenzo, igual de Soria obispo del Consejo de S. M. que notifica: Por cuanto ante Nos, se presentaron las condiciones y petición del tenor siguiente, con las cuales se ha de ejecutar el trabajo de diseño y sitio, para realizar el retablo mayor de la Iglesia Parroquial del lugar de Meoz, con su patrono titular San Pedro.

Uno de los documentos donde se notifica la construcción del retablo de la iglesia de Meoz (valle de Lónguida) en el año 1799

Primeramente, es condición que haya de ser toda la madera de pino de buena calidad, que no esté coscojada ni astillada, ocultando las juntas en cuanto sea posible bien ajustada toda ella, encolada y enclavijada con clavijas de madera, asegurada toda la obra y sus partes con tijas de hierro en los pedestales, cornisas y remate, dejándola bien ajustada a las paredes conforme demuestra el diseño, como también se deberán recibir y macizar los sotabancos y altar con piedra y mortero.

Ítem. Es condición que toda la arquitectura y adornos, se ha de ejecutar conforme la traza y arreglo al arte, con mucho detenimiento bien juntado todo y encolado, con todos los gruesos de la arquitectura, apilastrado conforme a la traza y arreglos añadidos.

Ítem. Es condición que el sagrario se ha de ejecutar conforme a la traza, que se abra y se cierre de forma ligera, y se deberá poner sobre la peana interior del tabernáculo, una Nuestra Señora del Rosario con su Niño y Corona con resplandor, de modo que se haga bien a la vista y no impida el abrir y cerrar las puertas del conjunto que permita el sitio, y esta imagen ha de ser de quita y pon, para exponer en ocasiones al Señor en las funciones del Corpus y otras reservas.

Ítem. Es condición que se ha de hacer el titular San Pedro de pontifical, con los atributos correspondientes y de la altura que permita el sitio, también se deberán hacer para intercolumnios para las repisas de la misma traza, un San José con su niño a un lado y al otro San Fermín, de cuatro pies y medio de altos con sus atributos correspondientes. También se deberán hacer dos santos, los que se deberán poner arriba formando las dos repisas en los dos intercolumnios del collarín en bajo de los capiteles del conjunto, dichas repisas necesarias para colocar un San Francisco Javier y Santa Bárbara, de la altura de cada santo de unos cinco palmos.

Con la obligación de ejecutar dicha obra, yo, el infrascrito maestro escultor vecino de la ciudad de Sangüesa, bien y perfectamente con arreglo a la traza, sitio y condiciones, de darle vista reconocida por maestro nombrado por las partes, por la cantidad de 290 ducados como tenemos tratado con el Señor Abad y vecinos de dicho lugar, y de poner dicha obra de este San Pedro viniente en un año y de pagármelo en tres plazos como tenemos tratado: Manuel Pérez.

Conjunto de Iglesia Parroquial de San Pedro del municipio de Meoz (Valle de Lónguida)

Ilustre Señor Juan Francisco de Arrizabala, procurador de D. Martín Huarte, vicario de la Iglesia Parroquial de Meoz, dice que dicha Iglesia tiene extrema necesidad de un retablo o altar mayor, pues el que hoy existe se halla apolillado y tan indecente por su mucha antigüedad que causa irreverencia, aunque dicha Iglesia no tiene por ahora fondos bastantes con que poder contribuir al coste de los 3.190 reales moneda de este Reino, que son necesarios para atender a su construcción con arreglo al diseño o traza que exhibo, según resulta de las condiciones que presenta firmadas por Manuel Pérez maestro escultor vecino de la ciudad de Sangüesa, al que se quiere obligar a ejecutar dicho retablo con arreglo a estas dichas trazas y darla vista y reconocida por maestro, en quienes conformasen a mi parte. Y dicho Pérez se compromete a realizar la obra, en un año desde fecha de San Pedro que primero viene, con que se le haya de satisfacer en tres plazos conforme tiene tratado con mi parte, y los vecinos de dicho lugar hallándose deudores a la expresada Iglesia en alguna cantidad, tratan cumplir con la paga durante los referidos plazos obligándose a ello, bajo escritura.

Que lo restante que faltase para el cumplimiento de los 3.190 reales los supla la Iglesia, respecto que en ello logra conocido beneficio ésta, se sirvan conceder a mi parte la licencia y facultad correspondientes, para que de los efectos y rentas de dicha Iglesia que se vayan venciendo, hacer construir y planificar dicho retablo hasta colocarlo en su sitio, gastando los mencionados 3.190 reales o menos si pudiere, otorgando la escritura correspondiente con dicho Pérez y pide justicia, Juan Francisco de Arrizabala, escribano.

Y por nos vistas dichas condiciones y peticiones, damos y concedemos la licencia que se pide para que con arreglo al diseño o traza que se ha presentado, pueda ejecutarse el retablo mayor de la Iglesia Parroquial del lugar de Meoz por cuenta de las rentas y efectos primiciales de ella, gastando los 3.190 reales en que se regula su coste, o menos si fuere posible, mirando el vicario de dicha Iglesia, por la mayor utilidad y ventajas de sus rentas, satisfaciendo en tres plazos en la forma que contiene dicha petición, otorgando para el efecto por el maestro ejecutor la escritura correspondiente bajo de fianzas, y con tal que se retenga el tercero y último plazo hasta que precedido el reconocimiento de la obra por maestro que reservamos nombrar, se dé por buena la referida obra, a cuyo fin se devuelve el diseño rubricado por el infrascrito notario. Dada en Pamplona a 11 de mayo de 1799. Firma D. Blazquez. Por mandado del Sr. Procurador Manuel Francisco de Sauca.

El segundo documento notifica.

En la villa de Aoiz, a 9 de junio del año de 1799, ante mí el escribano Real y testigos infrascritos, aparecen presentes de una parte D. Juan Martín de Hugarte, presbítero y vicario del lugar de Meoz, y de la otra Manuel Pérez maestro escultor vecino de la ciudad de Sangüesa, y estando así juntos propuso dicho vicario, que hallándose el retablo mayor de la Iglesia Parroquial de Meoz muy destruido e inservible, sugirió el construir otro retablo de nueva planta, acudir ante el Sr. Provisor y Vicario General de esta Obispado, solicitando permiso para que dicho Manuel Pérez construyese dicho retablo por la suma y cantidad de 290 ducados, con arreglo al diseño y condiciones que han hecho presentes al tribunal, y este ha concedido el permiso correspondiente, que va por principio a esta escritura para de forma debida, y dicho Manuel Pérez por la presente escritura y su tenor, promete y se obliga con su persona y todos sus bienes, muebles y raíces y acciones habidas y por haber de construir y que construirá dicho retablo mayor y nuevo para que la Iglesia Parroquial del referido lugar de Meoz, para el día de San Pedro del año que viene de 1800, con arreglo al diseño o traza que presentó en el tribunal que está presente, y bajo las condiciones que contaría y que se dan por principio de dicho precio, por la suma y cantidad de los referidos 290 ducados, que son 3.190 reales, moneda de este Reino, los cuales deberán pagar por el dicho vicario en la forma que se dirá, todos sin excusa ni dilación alguna, pena de costas y daños; y para mayor seguridad remite pagar a Gregorio de Urdiroz, vecino de esta villa, quien siendo presente y certificado del efecto, riesgo de esta fianza tomando deuda y obligación ajena por suya, por la presente escritura y su tenor, promete y se precisa con su persona y todos sus bienes muebles y raíces, derechos y acciones habidos y por haber, de cumplir y que cumplirá, el dicho su principal con todo lo que se le obliga, de lo contrario lo hará y ejecutará el otorgante como su fiador sin excusa alguna, a pena de costas y daños.

Puerta de acceso al interior de la Iglesia y su conjunto monumental románico y retablo neoclásico

El dicho Manuel Pérez aceptó a su favor esta escritura según se realiza, y dicho notario renunció a su favor lo expresado de mí el escribano de la jurisdicción cumplida a los jueces y justicias de su majestad competentes y renuncian a su propio fuero y así lo otorgaron siendo testigos Ramón Olaberri y Agustín Imirizaldu, vecinos de Meoz, hallados en este y firmaron todos, y en fe de ello, yo, el escribano.

Aparecen las firmas de Juan Martín de Huarte, vicario de Meoz, Manuel Pérez, Gregorio Urdiroz, Ramón de Olaverri, Martín Imirizaldu, y la firma final de Pedro Andrés de Egurbide.

Una vez terminado el estudio y transcripción de los dos documentos sobre la realización del retablo de la Iglesia del lugar de Meoz muy interesantes, se presentó la inquietud de conocer la realidad de la obra, ya que sería bastante asequible la comprobación en el propio lugar de Meoz, próximo a la villa de Aoiz.

La visita a dicho pueblo nos permitió conocer a su alcalde, D. Roberto Zazpe Bariain, el cual dispone de las llaves de la Iglesia Parroquial, y que gentilmente se prestó a acompañarnos a visitar dicho recinto religioso y contemplar el retablo, sobre el cual hemos realizado este trabajo.

Debemos dar las gracias por la gentileza del Sr. alcalde en la visita a los diversos espacios del recinto religioso y satisfacer nuestra curiosidad por conocer detalles del recinto sagrado y en particular sobre su magnífico retablo. Incluso nos acompañó a la visita a la torre y campanario, desde donde la panorámica que se observa, es grandiosa.

Representación del retablo de la Iglesia Parroquial del lugar de Meoz

Después de esta visita a la Iglesia, y en particular a su retablo, nos permite hacer una valoración del mismo, en relación a su actual situación con respecto a lo expuesto en el trabajo realizado.

Para contrastarlo, hemos pedido consejo a un experto en el tema, Carlos García Pascual, el cual nos describe de forma magistral la interpretación del estado actual del retablo de la Iglesia Parroquial de Meoz.

En primer lugar, debemos señalar que el citado retablo está magníficamente conservado, luciendo una situación brillante y luminosa. Respecto a las características técnicas, tenemos que afirmar que su situación se plantea como una obra neoclásica de finales del siglo XVIII. Es de traza recta y arquitectura sencilla de principios de este periodo.

No obstante, nos da a entender que, para hacer esta obra de cambio de retablo, suponía que había dinero en el pueblo para adaptarse a la moda importante de aquellos tiempos. El coste que presenta es de 3.190 reales o 290 ducados de moneda de este Reino.

La comprobación de detalles de esta obra nos permite corroborar que tiene un cuerpo único con una gran hornacina central a modo de templete clásico con columnas corintias a los lados que rematan en un gran frontón triangular. Ese templete se prolonga a los lados y arriba, decorado con círculos y rayos que envuelven todo el ábside.

Original pila bautismal de la Iglesia Parroquial del lugar de Meoz

En el retablo hay cinco esculturas, San Fermín obispo de Pamplona a la izquierda y San José a la derecha en la parte de abajo, encima del banco. En la hornacina principal la talla de San Pedro, de pie con tiara y cruz patriarcal como patrón de Meoz y ambos lados las figuras de San Francisco Javier y Santa Bárbara.

Además de estas figuras, hay un sagrario, expositor en forma de templete con columnas corintias y un remate en forma de cúpula; también como parte de la estructura original o mazonería del retablo original (mazonería; arquitectura en forma de estructura y división de un retablo).

Por estas explicaciones y las obtenidas en la transcripción documental, podemos afirmar que la situación del retablo actual, se corresponde con lo que describe y constata en la documentación estudiada y que se encuentra en el Archivo Real y General de Navarra.

Josetxo Paternain Nagore
miembro del grupo cultural HIDEA de la villa de Aoiz.