Investigación sobre el alojamiento y estancia de tropas irlandesas en la villa de Aoiz (siglo XVII)

Revisando documentos de escribanos/notarios de la villa de Aoiz correspondientes al siglo XVII, una referencia contenida en un acta notarial, ha motivado nuestro interés por conocer las circunstancias especiales, que se dieron en nuestra villa, para la estancia temporal de tropas de soldados irlandeses. Algo desconocido y curioso, dentro del conocimiento de la historia de nuestra villa, que nos aportan las actas notariales de los escribanos Martín de Alli y Juan de Arrizabala, que hemos transcrito y estudiado.

Representación de soldados irlandeses a los que se refiere este documento. Siglo XVII

Para centrar este trabajo, hemos considerado importante conocer la situación del Reino de Navarra y de la villa de Aoiz en el transcurso del siglo XVII. Tras su conquista, el Reino de Navarra se convirtió en un punto estratégico de primer orden ante la rivalidad, que se demostraría secular entre monarcas franceses y castellanos. De ahí que a lo largo de los siglos XVI y XVII, la fortificación del reino y el reclutamiento de soldados para la defensa, fuera una de las prioridades de la corte, que hubo de hacer compatible con las peculiaridades del reino, según constaba en los fueros y privilegios medievales. A esto se añade la desconfianza de algunos oficiales reales hacia la fidelidad de los navarros tras su incorporación a Castilla. Por esta razón, acogió en su territorio un importante número de tropas bien de forma permanente, o, estacional.

La presencia de soldados, dio lugar a que las instituciones del Reino intentaren velar por la protección de los naturales, a través de diversas leyes. Esto no impidió sin embargo, que se produjesen tensiones y que existiese una desconfianza hacia el soldado, bien por su trato hacia los navarros, bien por su comportamiento. En este contexto, podemos considerar la estancia de soldados irlandeses, encuadrados en una estructura militar con todos los estamentos de mando.

Podemos señalar que la resistencia a los alojamientos de estas tropas dio lugar en ocasiones a actitudes radicales. Conocemos por medio de la obra “Soldados, sociedad política en el Reino de Navarra”, del autor J. Mª Usunariz Garayoa, que en el año 1639, que los alcaldes y varios regidores de las ciudades de Olite y Tafalla, fueron detenidos por no cumplir las órdenes del Virrey, de alojar al tercio de los irlandeses. Como consecuencia de este hecho, la Diputación presentó un memorial de contrafuero, pues el alojamiento tal y como se había dispuesto, era contrario a los privilegios de ambas ciudades.

Por otra parte, era importante la actuación de los Regentes del Consejo como virreyes interinos. Según lo especificado en el libro “Participación navarra en las guerras del siglo XVII” de María Dolores Martínez Arce, en dicho siglo la provisión del virreinato interino presenta cambios importantes respecto a los siglos XVI y XVIII. Estas peculiaridades llegaron al extremo, de que al ocupar algunos regentes las funciones de Virrey en varias ocasiones, el Consejo interviniera directamente en una coyuntura bélica, con la subsiguiente demanda posterior de reparo del agravio por ese motivo, actuación impensable en los siglos anterior y posterior.

Representación de soldados irlandeses a los que se refiere este documento. Siglo XVII

En el año 1638 el virrey D. Pedro Fajardo de Zúñiga y Requesens, marqués de Vélez, tuvo que ausentarse de Navarra, para pasar con tropas a Guipúzcoa, en su ausencia dispuso que el gobierno político fuera detentado por el regente, y el militar por el Prior de Navarra. En estas circunstancias la decisión del regente en cargos de virrey, Gabriel Vigil de Quiñones, en el año 1639, de acatar una orden real y alojar en Navarra a un tercio de soldados irlandeses, desencadenó una potente repulsa del reino. El 12 de julio, había llegado a la Diputación la noticia de que habían alojado en Navarra unos soldados del cuerpo de dragones, con licencia del virrey ausente. Inmediatamente se decidió escribir al monarca, al regente en cargos de virrey, y al Prior del Reino en cargos de Capitán General, para que mandase sacarlos rápidamente de Navarra.

La ausencia en el año 1638 del virrey de Navarra fue necesaria para pasar con tropas a Guipúzcoa, en el asedio y sitio de Fuenterrabía por las tropas francesas en el transcurso de la guerra de los Treinta Años, entre Francia y España. El ejército francés mandado por Enrique II de Borbón- Condé se enfrentó el 7 de septiembre, al ejército español dirigido por Juan Alfonso de Cabrera IX almirante de Castilla que acudió en auxilio de la ciudad, y derrotó a las fuerzas francesas. En el ejército español participaron tropas irlandesas.

El papel de las tropas extranjeras, en especial de las irlandesas, en las guerras peninsulares tiene su existencia desde que el rey Felipe IV encarga al cardenal infante D. Fernando en el año 1636, que provea de una compañía de los tercios, por ser persona política en cosas de guerra. En el año 1638 desembarcan en La Coruña los tercios de los condes Tyrone y Tyrconnell. Ambos fueron los primeros regimientos en ser trasferidos desde Flandes. Las informaciones que manifestaban los consejeros de guerra y estado, alertaban de un previsible ataque francés en el lado español en la frontera vasca y por eso se decidió trasladar cuanto antes desde Flandes, esos tercios de irlandeses, para ayudar y reforzar las defensas de la costa septentrional de la península. Esta última información la hemos obtenido de la “Revista internacional de Historia Militar”. (Página 70).

En el norte de España, las tropas francesa mandadas por el príncipe Condé, con veinte y siete mil hombres y varios barcos iniciaban el asedio al puerto de la ciudad de Fuenterrabía en julio de 1638, donde habían llegado unos con mil doscientos irlandeses, alrededor del 10% de todas las tropas peninsulares.

Bajo estas circunstancias, vamos a considerar la llegada a la villa de Aoiz de los soldados irlandeses, y las repercusiones que tuvieron lugar en los vecinos y habitantes de ella. Para ello, el acta notarial nº 42 del escribano Martín de Alli, nos facilita una amplia información. Este documento se realiza en Aoiz, el trece de agosto del año mil seiscientos cuarenta (1640). Con la presencia de los Sres. D. Martín de Monreal, cuyo es el palacio del lugar de Yániz, D. Carlos de Guirior cuyas son las pechas y palacio del lugar de Artanga, Simón de Yrigoyen e Ymirizaldu, Juan de Yrigoyen menor, y Juan de Betelu, alcalde y regidores de la villa de Aoiz, del año de mil seiscientos treinta y nueve (1639), que hicieron comparecer ante ellos a Fermín de Loizu tesorero de la dicha villa.

Documento en el que se relaciona la estancia de soldados irlandeses y sus mujeres

En esta primera parte del documento se verifica la estancia y las características, que ha supuesto el alojamiento en la villa de Aoiz de los soldados irlandeses y sus mujeres. Permanecieron hospedados los soldados y toda la estructura de mando, desde el catorce de junio hasta el catorce de julio del mismo año, que es cuando se fueron estos hombres a Maya (valle de Baztán), en los límites de la frontera con Francia. Sus mujeres según el documento, quedaron en la villa de Aoiz, unas hasta el veinte de agosto y las otras hasta el once de septiembre, estando acomodadas y alimentadas en todo el tiempo, hasta la salida de su alojamiento.

En la segunda parte del documento se señalan los bastimentos que tuvo que pagar la villa de Aoiz, por la estancia de este regimiento de soldados irlandeses y de sus mujeres. Estos pagos para su sustento, los tenía que compensar el ayuntamiento del lugar donde se alojaba esta tropa. Las repetidas quejas de las Cortes de Navarra y de los municipios, de las tensiones e incidentes entre civiles y militares, no se conoce que fueran excesivamente violentos a lo largo de los siglos XVI y XVII.

Respecto al caso de la villa de Aoiz, se relacionan los costos de esta estancia de los soldados en treinta y un días que estuvieron en ella, y en que se les socorrió a las mujeres, con posterioridad de haberse marchado los hombres. Como también el gasto del capitán Martín de Santi Juste y del teniente del maese de campo Trigueros. Estos gastos que se reclaman en el documento en socorro de los soldados son en primer lugar, el importe que la villa abonó por el tiempo de los treinta y un días que estuvieron en ella, con dos capitanes, cuatro alféreces, dos sargentos, un capellán y diez y ocho cabos de escuadra.

Asientos de cuentas y gastos del tesorero de la villa sobre estancia de los irlandeses

Se gastaba en alojamiento y alimentación con ellos cada día sesenta y dos reales, porque a los capitanes de les daba a doce reales, a los alféreces a seis reales, a los sargentos a cuatro reales, al capellán a cinco reales, y a los cabos de escuadra, además de lo que se les daba en las posadas, a real. Que en los dichos treinta y un días alcanzan un total de mil novecientos veinte y dos reales.

Para compensar el costo de la estancia de las tropas irlandesas, el almirante de la villa, persona designada por sus autoridades, recibe cincuenta y ocho ducados (638 reales) y diez y ocho tarjas del depósito de ella, más cuarenta y cinco ducados (495 reales) y diez y ocho tarjas que recibió del tesorero, que correspondían a un préstamo de Gracián de Erdozain. Todo lo que resta para complementar los mil novecientos veintidós reales, los debe suplir el regimiento de la villa. Se hacen otras valoraciones sobre el ajuste de cuentas, pero por ser un tanto farragosas, las omitiremos.

Además de lo expuesto, el documento hace referencia a los gastos que originaron las mujeres que quedaron en la villa de Aoiz, una vez que se marcharon los hombres de armas. Se señala que se quedaron quince mujeres, y la mitad de ellas quedaron a cuenta de la citada villa. Los equipajes o impedimenta se los dieron en dos partes, ya que no todas se fueron de una vez, unas el veinte de agosto y las otras el catorce de septiembre. Se les socorrió a las primeras con setenta y seis reales y a las segundas con quince ducados y ocho reales, cuando se fueron todas ellas a Maya (valle de Baztán).

Y el once de septiembre se les dio tres cabalgaduras, para trasladarlas a ellas y el equipaje se ocuparon un total de ocho días, que a seis reales de jornal por día, suman cuarenta y ocho reales.

El documento también señala, el costo de la estancia del teniente del Maese de Campo y el capitán Martín de Santi Juste en las jornadas que permanecieron en la villa, que suponían un coste de ocho ducados y medio. Y aunque la mitad de esta cantidad se debía haber cobrado al valle de Lónguida por orden superior, no lo solicitó la villa de Aoiz.

Que en total lo que debe el tesorero a los dichos alcalde y regidores de la villa de Aoiz, es un total de quinientos setenta y ocho reales, dos tarjas y catorce cornados, según el documento y valiendo como buena cuenta para todos.

Firman el documento, los que sabían escribir. D. Martín de Monreal, D. Carlos de Guirior, Simón de Yrigoyen y Fermín de Loizu, ante mi Martín de Alli, escribano.

En otra acta notarial de fecha quince de agosto de mil seiscientos cuarenta (1640), ante el alcalde y regidores, el tesorero presenta las cuentas de la villa de Aoiz. En este nuevo documento, aparecen los asientos de los ingresos y gastos de su tesorería, en los que se incluyen las partidas que atañen al tercio de los soldados irlandeses y sus mujeres, durante su estancia de la dicha villa de Aoiz.

En un nuevo trabajo sobre las circunstancias de a estancia en Aoiz de tropas irlandesas, daremos a conocer un testamento que realizó un capitán de esta nacionalidad ante la proximidad de su muerte y se otorgó en la villa de Aoiz, Es un documento curioso y original.

Josetxo Paternain Nagore de la Asociación cultural HIDEA