Fábrica de harinas San Miguel en Aoiz. Parte 1/3 (Fundación y trayectoria industrial)

La fundación y funcionamiento de una fábrica de harinas será objeto de este trabajo, y que corresponde a otro hito importante en el movimiento industrial, que se desarrolló en la villa de Aoiz en los comienzos del siglo XX. Su finalidad será la obtención de harinas panificables y productos afines.

Para conocer mejor la actividad en la obtención de harinas, hemos tomado notas de la obra La elaboración de harina en Navarra, de las escritoras Rosa María Armendáriz Aznar y María Rosario Mateo Pérez. Según estas autoras algunos molinos harineros a principios del siglo XX, se habían convertido en centrales eléctricas, (como era en el caso de nuestra villa de Aoiz), cambiando la actividad de molienda de trigo por la aplicación a un generador eléctrico, en sustitución del sistema de movimiento anterior de las piedras de molienda. La mayor parte de los molinos tradicionales se encontraron con su escaso rendimiento, y que se tenían que enfrentar al reto del desarrollo generalizado de las fábricas harineras. Según el Servicio Nacional del Trigo, se consideraba fábrica harinera aquella instalación cuya capacidad de molienda era superior a 5.000 kg. diarios.

Entrada del ferrocarril El Irati a la estación de Aoiz. A la derecha La Harinera San Miguel

A pesar que el objetivo de molino y fábrica de harinas es el mismo, el considerable desarrollo tecnológico que experimentó la instalación fabril, acabó por destruir la existencia del establecimiento tradicional. La complejidad y tecnificación progresiva del proceso de molturación, implicaron grandes inversiones en las factorías, que permitieron soportar la creciente competencia entre los distintos establecimientos. Los métodos tradicionales de molienda, quedaron relegados a zonas marginales de la geografía navarra y del país.

A pesar que la guerra fue ganada por las grandes harineras en detrimento del molino tradicional, también es verdad que determinadas coyunturas políticas y económicas como la guerra y posguerra en España, produjeron una reactivación del sector tradicional. La posterior irrupción de grandes harineras supondrá un cambio profundo en la sociedad agraria.

Por otra parte aunque sean patentes las diferencias evidentes entre fábrica y molino a nivel económico y capacidad de producción, estas son tajantes en cuanto al desarrollo tecnológico de las instalaciones. Mientras que en el molino tradicional se molían los granos por medio de piedras que giraban gracias a un rodete movido por la fuerza directa del agua, en las fábricas de harina el proceso se realizaba por medio del rodaje de cilindros metálicos. En determinadas instalaciones la fuerza motriz procedía del salto de agua que actuaba sobre una turbina, mientras que en otras se transformaba esa fuerza en corriente eléctrica, siendo esta energía la que ponía en funcionamiento todos los engranajes de la fábrica harinera.

El estudio de documentación de notarios de la villa de Aoiz, será una de las principales fuentes de información, que nos ha facilitado conocer como un grupo de personalidades de su comercio, inicia los trámites y crea una inicial sociedad industrial para la construcción de la nueva fábrica de harinas, de la que estamos dando información.

Parte del documento notarial de la fundación y funcionamiento de la fábrica de harinas en Aoiz

Se empiezan los trámites para esta construcción, en un primer documento realizado el 4 de diciembre de 1904. Corresponde a la creación de una sociedad mercantil, regular y colectiva Hijos de Lorenzo Ortiz, domiciliada en Aoiz y constituida por D. Lorenzo Ortiz Arrijuria como padre y representante legal de sus hijos, Doña. Candelaria, D. Javier, D. Santiago y D. Inocencio Ortiz Iribarren, mediante escritura autorizada el 25 de junio de 1901, ante el notario D. Vicente Sancho Zapater de la notaría de esta villa.

En ella se autoriza a D. Santiago Ortiz Iribarren para que en su nombre, se constituya con Doña. Margarita Irigoyen Egurvide, D. Baltasar Echeverría Errea, D. Andrés Echeverría Galar, la sociedad mercantil regular colectiva, para la instalación en esta villa de un molino harinero de sistema moderno, y además la compra de granos, fabricación y venta de harina, y de todo acto de contrato como operación mercantil, que se relacione con los expresados objetivos, con sujeción a las prescripciones del Código de Comercio, y bajo los pactos y condiciones que se consideren de acuerdo con la creación de esta sociedad.

Este documento inicial se completa con otro en el que se señala, la fundación y funcionamiento de la fábrica de harinas. Se realiza el 23 de enero de 1905 ante el notario de Aoiz, D. Felipe Florez. Ante el mismo comparece Dña. Margarita Irigoyen Egurvide viuda propietaria y comerciante, vecina de esta villa con cedula secreta expedida por la alcaldía. D. Santiago Ortiz Iribarren, mayor de edad, soltero del comercio de esta villa, de la que es vecino, con la correspondiente cédula personal. D. Baltasar Echeverría Errea mayor de edad, viudo, comerciante vecino de la villa de Urroz con su correspondiente cedula personal. D Andrés Echeverría Galar de veintiún años de edad, emancipado, soltero comerciante, vecino de la villa de Urroz con su célula personal correspondiente.

Articulado de constitución de una sociedad industrial para la instalación de la harinera San Miguel

Expresa el notario del conocimiento de los Sres. comparecientes, dando fe de su profesión y profesionalidad, y hallándose a mi juicio con la capacidad legal necesaria para formalizar esta escritura de constitución de sociedad mercantil industrial. En este documento, se especifican las condiciones siguientes:

  • Primero. Que Doña Margarita Irigoyen Egurvide concurre al otorgamiento de esta escritura pública, en propio nombre y derecho. Que D. Santiago Ortiz Iribarren lo hace como socio administrador de la sociedad mercantil, regular y colectiva, domiciliada en esta villa, cuya razón social es Hijos de Lorenzo Ortiz, constituida por escritura de 25 de junio de 1901, ante el notario D Vicente Sancho Zapater. Que D. Baltasar Echeverría Errea interviene en propio nombre y derecho. Y que D. Andrés Echeverría Galar asiste también en propio nombre y derecho, en virtud de la emancipación que le ha concedido su padre D. Baltasar por escritura autorizada por este notario el 6 de diciembre último, inscrito en el Registro Civil de la céndea de Cizur, en la que se halla el acta de nacimiento de dicho D. Andrés.
  • Segundo. Que los señores comparecientes en los conceptos expresados han convenido en constituir sociedad mercantil, industrial, regular colectiva para el objeto que especificará. La cual fundan y establecen con sujeción a las prescripciones del Código de Comercio, y a los pactos que se consignan en un articulado detallado, del cual damos una resumida información de sus contenidos más significativos.

El artículo primero expresa: El objeto que se propone esta sociedad es la instalación en la villa de Aoiz de un molino harinero de sistema moderno, la compra de grano, la fabricación y venta de harinas y todo contrato y operación mercantil, que se relacione con los expresados objetivos. En el segundo se especifica, que esta sociedad se denominaría Harinera San Miguel, y su razón social sería Viuda de Goiburu, Echeverría e Hijos de Lorenzo Ortiz. En el tercero, dice que tendrá su domicilio en esta villa de Aoiz, y también podrá establecer sucursales, agencias o representaciones en las poblaciones, que acuerden sus socios. En el cuarto, se constituye esta sociedad por tiempo de quince años, con posibilidad de prorrogarse o reducirse por acuerdo de sus socios capitalistas.

Otra imagen de la Fábrica de Harinas San Miguel, situada en la parte derecha de la fotografía

Otro artículo importante establece que el capital de la sociedad se constituye en 120000 pesetas en efectivo metálico, que aportan de la forma siguiente: Doña Margarita Irigoyen Egurvide 40000 pesetas en efectivo, la sociedad Hijos de Lorenzo Ortiz 40000 pesetas, D. Baltasar Echeverría Errea 40000 pesetas, D. Andrés Echeverría Galar, aporta su trabajo en esta sociedad, en la que figura como socio industrial, con sus correspondientes resultados. Se completan otros 21 artículos, sobre otras cuestiones de interés para el buen funcionamiento de la sociedad constituida.

Continuando con la información que nos proporcionan los documentos de otros notarios, se especifican las siguientes operaciones para la creación de las estructuras de que constará la edificación de la fábrica de harinas. En primer lugar la compra del terreno que se realiza a través de una escritura realizada ante el notario D. Felipe Flores López, firmada el 30 de enero de 1909 en la villa de Aoiz. Para realizar esta compra, se reúnen por una parte Doña Margarita Irigoyen Egurvide como miembro de la Sociedad Harinera San Miguel, interesada en la venta de una finca rústica en su nombre legal y de su hijo D. Juan Goiburu Irigoyen de ocho años de edad. Por la otra parte interviene en este acuerdo D. Santiago Ortiz, que concurre como miembro y representante de la dicha Sociedad.

El acta notarial recoge el acuerdo de la venta de la finca por parte de los primeros comparecientes. Se describe la superficie y limites del campo-viña y su valor, que se estima en 1100 pesetas. Esta propiedad la recibió Tomás Goiburu Irigoyen, en herencia de su padre D. Tomás Goiburu Orbaiz en escritura del 28 de octubre de 1908 realizada ante el notario D. Salvador Echaide, y en la que se establece el usufructo de la esposa doña Margarita Irigoyen Egurvide hasta la mayoría de edad de su hijo.

En esta finca descrita se construirá por la Sociedad Harinera San Miguel un edificio de piedra y mampostería de cuatro pisos, destinado a la fabricación de harina, y contiguo a este edificio una casa de dos pisos como vivienda, y detrás de estos dos edificios otro destinado a la elaboración de pan.

Otras condiciones establecidas en este contrato de venta señala, que la nombrada Doña Margarita Irigoyen con el derecho de tutoría de su hijo, vende a la Sociedad Harinera San Miguel la citada finca y parte de una segunda, con entradas, salidas y servidumbres, por la cantidad de 2167 pesetas, que reconoce haber recibido de la citada sociedad. El compareciente D. Santiago Ortiz acepta este contrato en representación de la sociedad citada. Son testigos del contrato de compra-venta D. Miguel Resano y D. Félix Indurain vecinos de la villa de Aoiz.

Las condiciones de venta son ventajosas para el menor Juan Goiburu y su tutora Doña Margarita, teniendo en cuenta que la parte de la finca vendida era una viña, que había quedado afectada gravemente por la filoxera, depreciándose su valor original. Con estas aportaciones hemos completado las informaciones sobre los documentos que disponemos sobre los inicios de la Fábrica de Harinas San Miguel.

A partir de esta situación no disponemos de documentos de cómo se desarrollaron los trabajos de construcción y quien realizó las obras de las instalaciones del complejo industrial. Como dato complementario hemos conocido en el desarrollo de este trabajo, un nuevo documento realizado en Aoiz entre Doña Margarita Irigoyen Egurvide y D. Félix Juan Cilveti vecino de la misma villa. En el mismo una declaración de la primera viuda y vecina del comercio, reconoce haber recibido del citado Cilveti, la suma de 4500 pesetas para atender con dicha cantidad al pago del último plazo del coste de la maquinaria de la harinera. Esta cantidad la deberá devolver Dña. Margarita, cuando se la reclame el prestamista. Mientras tanto la cantidad devengará un interés del 5% y serán a su cuenta los gastos que originen. El documento de préstamo está fechado en Aoiz el 21 de marzo del año 1909.

Una vez conocidos estas informaciones sobre la construcción de la Harinera San Miguel, vamos a considerar el nuevo proceso de obtención de harina, objeto de la construcción de esta fábrica. La información que disponemos nos señala que ya en el año 1908 funcionaba la Harinera San Miguel, con un innovador sistema de molturación denominado austro-húngaro, siendo en esta fábrica una de las primeras en instalarlo en Navarra.

No fue hasta entrado el siglo XIX cuando se produjo la industrialización del proceso de conversión del trigo principalmente y otros cereales de harina, cuando la demanda de pan y otros derivados aumentó al ritmo de aumento de la población. La molienda industrial de harinas está asociada con posterioridad a este sistema austro-húngaro mencionado. Este sistema consistía en moler seis veces consecutivas el grano hasta conseguir una harina fina y uniforme. En él, intervenía un número importante de máquinas situadas a diferentes niveles o pisos conectados entre sí a través de conductos, con el objeto de aprovechar la fuerza de la gravedad. Por este motivo las harineras eran edificios de pisos, lo que permite una ordenación en altura.

Este sistema operativo apareció en Budapest capital de Hungría en el año 1831, de ahí se difundió por toda Europa. Las antiguas muelas tradicionales dejaron de funcionar, siendo sustituidas por baterías de rodillos metálicos giratorios.

En una segunda parte de este trabajo daremos nuevas informaciones sobre la historia de la Fábrica de Harinas San Miguel, que tuvo a lo largo del tiempo de su funcionamiento, varias fases de cambio de su denominación y de propietarios, que la regentaron en función de la situación económica de la empresa y la coyuntura socio-política de la villa de Aoiz.

Josetxo Paternain Nagore de la Asociación Cultural HIDEA de la villa de Aoiz