Entorno natural de la villa de Aoiz. Las neveras situadas en sus términos (siglo XVII)

Una de las maneras que ha encontrado el hombre de estos lugares, para el mejor aprovechamiento de los recursos naturales durante un largo periodo de tiempo, se encuentran en los pozos de nieve. De ellos se conservan algunos en nuestros municipios, y constituyen en conjunto, una tipología rica y variada de este modelo de arquitectura popular. Antes de abordar su estudio, daremos algunos detalles de lo que fue la industria de la nieve y su explotación, en nuestro caso en la villa de Aoiz.

Nevera del término de Guendulain. Fotografía cedida por cortesía de Amaia Rípodas Mina

El uso de la nieve aunque se remonta a la antigüedad, se situó en nuestras tierras a partir del siglo XVI, tuvo auge en los siglos siguientes, decayó en el siglo XIX y desapareció a principios del siglo XX, por la aparición de las fábricas de hielo. Se utilizó con fines terapéuticos para rebajar la temperatura en procesos febriles, detener hemorragias, en congestiones cerebrales y como analgésico para fracturas. Otros usos más vulgares fueron, la confección y enfriamiento de bebidas.

Son muchos los pueblos navarros en los que han existido neveras, pero al perder su razón de ser, desaparecieron totalmente o se mantienen deterioradas. Se conservan en algunos lugares, en nuestro caso en la villa de Aoiz, donde se recuperó en el año 2006, y hoy día se mantiene en bastante buen estado, siendo motivo de visitas dentro de lo que representa su patrimonio cultural. Para conocer un poco la historia de estas construcciones, hemos investigado documentos del Archivo Real y General de Navarra, que expondremos para el conocimiento de los vecinos de nuestra villa, y de cuantos nos visiten recorriendo sus lugares más interesantes.

Una información sobre estas construcciones, la obtenemos al examinar un proceso judicial que se desarrolla en el año 1631, y está señalado con el nº 286737, haciendo referencia a la construcción de una nevera en el paraje denominado Auzola, en los términos de Aoiz. De otra construcción similar trata el proceso judicial nº 287999 de los años 1661-1662, en la que se plantea su instalación en el lugar de Guendulain, y que es la que actualmente existe y podemos visitar.

En lo referente a este último proceso, conocemos datos importantes sobre el contrato que se realiza entre el alcalde y regidores de la villa, y los canteros Pedro de Yoldi y Martín de Huarte vecinos de ella, para la construcción de dicha nevera. Este contrato se recoge en un primer documento, en donde las autoridades de la villa de una parte, y los citados canteros de la otra especifican: Estando encendida candela para la postura sobre la nevera que se ha de construir en los términos de la dicha villa, en el punto que ha elegido Juan Galbán, maestro de hacer neveras, que ha sido llamado para el dicho efecto, ha elegido un lugar en el término que va a Guendulain, en la parte próxima al rio Irati, con un costo de 270 ducados, con un adelanto de 30 ducados a sus constructores.

Una parte del contrato inicial para realizar la nevera, en el término de Guendulain

El contrato se realiza el día 26 de junio del año 1661, en el cual se indica que se volvió a encender candela, por cuenta de las autoridades de la villa, y al no haber quien mejorase la postura, se murió dicha candela, y quedó para los indicados canteros, la construcción de la nevera, por la expresada cantidad.

En el referido contrato se especifican las características de la obra. Dice que: Se abrirá un pozo de 15 pies de ancho en círculo, con una profundidad de 24 pies, y además ha de tener un contrapozo separado con maderas de pino, para que por él corra el agua fuera, saliendo al derretirse parte de la nieve. De esta separación ha de contarse los 24 pies que tendrá la pared, que ha de ir forrada con buena y crecida piedra.

Para el remate de esta nevera especifica el documento que: Ha de realizarse bóveda con piedra crecida de buen asiento y con ladrillo, de manera que quede bien y perfectamente. Y para el cubierto de ella se ha de hacer una casilla cerrada por sus cuatro partes de buena piedra, que vaya asentada en mortero de cal y arena, y haya de tener puerta con sus buenos aros y su cerrojo y llave. Se señalan otras características menores, que omitiremos por no hacer farragosa la descripción de esta construcción.

Interior de la nevera de Guendulain. Fotografía aportada por cortesía de Amaia Rípodas Mina

A continuación en este mismo documento se señala la fecha para la cual debe estar concluida la nevera y así pueda llenarse de nieve o hielo. Se señala: Para el día y fiesta de San Andrés (29 de noviembre) que primero viene en caso de cumplir, y si se deje de llenar la dicha nevera por su incumplimiento, pagarán los daños que por ello tuviere la dicha villa. Y fue convenido entre dichas partes, que en caso de no abrir el pozo por encontrar alguna peña que no pueden pasar adelante, en tal caso la villa de Aoiz les haya de satisfacer por el trabajo realizado.

En un segundo documento de este proceso, los canteros Pedro de Yoldi y Martín de Huarte manifiestan que firmaron el contrato de hacer la nevera en los términos de la villa, en el puesto que señalara Juan Galbán, cantero y maestro de hacer neveras con calidad, para el día de San Andrés, con las condiciones acordadas de no encontrar impedimento. Pero ha sucedido lo siguiente: En dos puntos que señaló el dicho Galbán, con orden de la dicha villa, han descubierto en ellos unas peñas muy fuertes. Y desde que se dio cuenta a la villa y se reconoció ser imposible abrir en ellos dicho pozo, aunque los suplicantes han trabajado mucho en ellos, con grave coste y gasto. Por lo que han cesado de hacer dicha obra, aunque el Alcalde de Aoiz les compele a que continúen y los tiene presos en sus casas y no les deja salir a trabajar en su oficio. Con lo que les ocasiona grave daño, porque viven de su trabajo y no se les ha satisfecho el que hayan tenido que abrir los dichos dos sitios, pues por su parte no han faltado en el cumplimiento de su obligación.

Continúa el documento de suplica a las autoridades del Reino, para que se mande comprobar la escritura del contrato, y que el alcalde de la villa los ponga en libertad, aunque sea con fianza. Y que si la villa quiere que se haga el pozo de la nevera, les señale otro puesto y sitio donde no se halle el mencionado inconveniente, y les pague lo que han trabajado. El documento está fechado en Pamplona en Corte a 5 de agosto de 1662. Lo firma el licenciado D. Juan Montero de Espinosa, en donde se pide la libertad de los declarantes.

Reclamación de los canteros Pedro de Yoldi y Martín de Huarte, al Ayuntamiento de Aoiz

Después de esta primera parte del proceso, se incluyen dos documentos de los procuradores de ambas partes, para su representación en este litigio. Por parte de la villa de Aoiz, Martín de Aurquía, por parte de los canteros Pedro de Yoldi y Martín de Huarte, aparece el nombramiento de Felipe de Elola. Ambos son procuradores de las Audiencias Reales.

En esta situación el proceso continúa aportando un nuevo documento de Martín de Aurquía procurador de la villa de Aoiz, en el que hace referencia a la causa contra los canteros Pedro de Yoldi y Martín de Huarte. Se hace en el mismo una revisión del acuerdo suscrito entre ambas dos partes para la realización de la nevera para el día de San Andrés por la cantidad de 270 ducados, y dice el procurador que no lo han cumplido. A continuación expone que aunque en el segundo puesto que han empezado abrir, se han topado con piedra de tufa muy floja y fácil de labrarse y romperse, por lo que no es causa para desistir en hacer la obra, ni faltar al convenio hecho con la villa. Especifica que apenas han abierto una vara, que se debe proseguir y terminar, ya que se les dio una cantidad de adelanto considerable, y que aleguen ahora la imposibilidad de proseguir la construcción de la nevera.

Es a continuación como en otro documento, el procurador de los canteros Felipe de Elola, en el que hace referencia a los hechos y propone ante la imposibilidad del cumplimiento del contrato, que la villa nombre dos oficiales, que con los que nombren sus representados, lleguen a un acuerdo y cese el pleito. Y que los dichos oficiales señalen, lo que dicha villa les debe pagar por el trabajo que hasta el presente, se haya realizado.

Presentación del litigio ante la Corte Mayor de Justica de Navarra de las partes implicadas

Con un último documento, se termina la información de este conflicto entre la villa de Aoiz y los canteros Pedro de Yoldi y Martín de Huarte, en donde se expresa: En este negocio de la villa de Aoiz y Aurquía su procurador de la una parte, y Pedro de Yoldi y Martín de Huarte vecinos de Aoiz y Elola su procurador de la otra. Se admite la propuesta para qué oficiales peritos nombrados por ambas partes, declaren si la peña que han topado los dichos Yoldi y Huarte les impide la realización de la nevera, y en caso de que así sea, especifiquen lo que merecen los canteros por la obra que han hecho, hasta topar con la dicha peña. Y hecha la declaración se presente ante nuestra Corte, para que visto se apruebe lo que fuere de Justicia y así se declara y manda.

Está cifrada con las cifras de los Sres. D. Fermín de Marichalar y D. Luis de Alvarado, del Consejo, y D. Pedro de Munilla Alcalde de la Corte. En Pamplona en Corte en Audiencia, martes a veinte y seis de septiembre de mil seiscientos sesenta y dos. La dicha Corte pronunció esta declaración, según por ello se contiene, en presencia de Aurquía y Elola procuradores de esta causa, y de su pronunciación mando hacer auto a mí y para que se cumpla con su tenor. El Alcalde Munilla. Martín de Ulzurrun escribano.

Con este documento se acaba la información de este conflicto, por lo que no conocemos la sentencia final, quedando pendiente su resolución.

En la actualidad existe la citada nevera en el paraje de Guendulain, en buena situación de conservación, por lo que tendremos que continuar la investigación para conocer, cuando se terminó de concluir su construcción y todos los detalles de sus constructores y los emolumentos que recibieron.
También conocemos la existencia de otra nevera, propiedad de la villa de Aoiz, en el paraje de Auzola, y que estuvo en funcionamiento antes del proyecto de la nueva en el paraje de Guendulain.

En un próximo trabajo, daremos una amplia información sobre la otra nevera, situada en Auzola, por la cual la villa de Aoiz cobraba cierta cantidad por su arriendo.

Josetxo Paternain de la Asociación Cultural HIDEA